Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa aprobó este jueves, con dispensa de trámites, reformas a la Ley Orgánica Judicial que establecen la conversión de juzgados de menores y de ejecución de medidas al menor en juzgados de lo criminal, como parte de una reorganización de la estructura judicial.
La iniciativa fue presentada por la Corte Suprema de Justicia y contempla cambios en distintas sedes judiciales del país, así como la ampliación de competencias territoriales y modificaciones en la denominación de algunas cámaras.
Conversión de sedes judiciales
El decreto establece que varios juzgados de menores y de ejecución de medidas al menor pasarán a funcionar como juzgados de lo criminal, manteniendo su ubicación, pero con nuevas competencias.
Entre las transformaciones se incluye que el Juzgado de Menores de Soyapango se convierte en el Juzgado Primero de lo Criminal de San Salvador, mientras que los juzgados de menores de Santa Tecla pasan a ser el segundo y tercer juzgado de lo criminal en esa jurisdicción.
También se dispone la conversión de sedes en Zacatecoluca, San Vicente, Santa Ana, Sonsonate, San Miguel, Usulután y La Unión, así como de las cámaras de menores de las zonas centro, occidente y oriente, que pasan a ser cámaras de lo criminal.
El decreto indica que estas instancias “ejercerán la competencia funcional y material” conforme al Código Procesal Penal, con excepción de los casos vinculados al crimen organizado.
Redistribución de competencias
La reforma también amplía la competencia territorial de varios juzgados de menores que permanecerán en funciones, con el objetivo de asumir la carga de nuevos procesos en sus respectivas jurisdicciones.
Asimismo, los Juzgados de Ejecución de Medidas al Menor de San Salvador concentrarán la carga de procesos provenientes de otras sedes convertidas, incluyendo casos en trámite.
El decreto establece que la carga antigua continuará siendo tramitada por las sedes originales hasta su finalización.
Modificaciones en cámaras y apoyo técnico
Como parte de los cambios, se modifica la denominación de la Cámara Mixta de Tránsito y de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena de la Primera Sección del Centro, que pasa a integrar también competencias en materia de menores.
Además, se habilita el uso de equipos multidisciplinarios para apoyar tanto a los juzgados de ejecución como a los nuevos juzgados de lo criminal en evaluaciones técnicas y seguimiento de medidas.
También se incorpora el uso de tecnologías para la realización de audiencias bajo modalidades “presencial, virtual o híbrida”.
Disposiciones administrativas y vigencia
El decreto contempla la redistribución del personal de las sedes judiciales convertidas, garantizando la continuidad laboral y su integración a las nuevas estructuras.
Asimismo, se regula la remisión de expedientes, la distribución de procesos y el traslado de archivos a instancias correspondientes.
La normativa entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.


















