Convocan a viceministro de Agricultura para analizar reforma que ampliaría facultades del MAG en certificación de productos de origen animal

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Por Redacción YSKL

Los diputados de la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente de la Asamblea Legislativa acordaron este lunes convocar al viceministro de Agricultura y Ganadería, Óscar Domínguez, para que exponga sus aportes sobre una propuesta de reforma a la Ley de Protección a la Sanidad Vegetal, Salud Animal e Inocuidad de los Alimentos no Procesados de Origen Vegetal o Animal.

La iniciativa presentada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) plantea modificaciones orientadas a ampliar y precisar las atribuciones del MAG en certificación, vigilancia, control, validación y verificación sobre procesos de elaboración de productos de origen avícola, porcino, bovino, lácteos, miel de abeja, ovoproductos, acuícolas y pesqueros.

Según el documento remitido al órgano legislativo, el objetivo es “establecer con claridad la autoridad competente” para estos procedimientos y brindar “certeza jurídica” a sectores vinculados.

Cambios propuestos en atribuciones institucionales

La propuesta modifica el artículo 4 de la normativa para incorporar de forma expresa que el MAG tendrá competencia para certificar procesos de elaboración de alimentos y productos de distintos sectores pecuarios, además de certificar establecimientos nacionales y extranjeros relacionados con estas actividades.

Hasta ahora, el numeral 34 de ese artículo establecía de manera general que el ministerio tendría “todas las demás” atribuciones conferidas por la ley u otras normativas, sin detallar estos procesos específicos.

Reforma al artículo 79 y eliminación del artículo 80

El proyecto también sustituye el artículo 79 vigente, que tenía carácter transitorio y se enfocaba en alimentos cárnicos, acuícolas y pesqueros vinculados a exportación e importación.

La nueva disposición incorpora productos lácteos, mezclas de lácteos, miel de abeja y ovoproductos, y establece que el MAG será responsable de “certificar los procesos de elaboración de los alimentos”, así como de certificar establecimientos y ejecutar medidas de control sanitario.

En productos lácteos, se aplicará la normativa técnica regional relacionada con términos lecheros.

Además, la propuesta elimina el artículo 80, que contemplaba que desde 2027 la Superintendencia de Regulación Sanitaria asumiría competencias sobre alimentos procesados y semiprocesados para animales.

Principales modificaciones planteadas

  • Reforma al artículo 4 para ampliar atribuciones específicas del MAG
  • Sustitución del artículo 79 por una disposición permanente y más amplia
  • Inclusión de lácteos, miel, ovoproductos y mezclas lácteas
  • Certificación de establecimientos nacionales y extranjeros
  • Eliminación del artículo 80 sobre traslado de competencias a la Superintendencia de Regulación Sanitaria

Justificación de la propuesta

En los considerandos, el MAG sostiene que la reforma busca fortalecer la aplicación de la ley aprobada en abril de 2025 y precisar la autoridad encargada de certificación y control sanitario.

El documento indica que los cambios buscan resguardar “la salud humana, la salud animal y el bienestar económico”.

De ser aprobada por la Asamblea Legislativa, la propuesta de normativa entraría en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.