InicioNoticiasQuincuagésima quinta prórroga del régimen de excepción aprobada

Quincuagésima quinta prórroga del régimen de excepción aprobada

Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con 57 votos a favor y mediante dispensa de trámite, una nueva prórroga del régimen de excepción, que se mantendrá vigente durante 30 días en todo el territorio nacional.

De acuerdo con el decreto aprobado, la quincuagésima quinta prolongación de la medida entrará en vigencia el 28 de septiembre de 2026, previa publicación en el Diario Oficial, y permanecerá hasta el 27 de octubre.

El régimen fue establecido inicialmente mediante el Decreto Legislativo, aprobado el 27 de marzo de 2022.

Más de 93 mil capturas

Entre los argumentos para mantener la medida, el decreto señala que las autoridades continúan desarrollando acciones de control territorial, investigación criminal y persecución penal contra integrantes de pandillas y personas vinculadas con estas estructuras.

El documento menciona operaciones en zonas urbanas y rurales, así como casos relacionados con tráfico de drogas, robo, homicidio, extorsión, agrupaciones ilícitas y organizaciones terroristas.

También sostiene que persisten intentos de reclutamiento de jóvenes y acciones orientadas a colocar distintivos alusivos a pandillas en determinados territorios, por lo que considera necesario mantener una respuesta coordinada para evitar la reaparición o reconfiguración de estas estructuras.

Según las cifras incorporadas en el decreto, durante la vigencia del régimen se han registrado más de 93,162 capturas de personas vinculadas a estructuras criminales y más de 1,324 días sin homicidios durante el actual Gobierno.

El documento también destaca la cooperación con autoridades de Guatemala, México y Estados Unidos para localizar y entregar a las autoridades salvadoreñas a personas señaladas de tener vínculos con organizaciones criminales.

Argumentos para continuidad de las medidas

En sus considerandos, el decreto sostiene que la permanencia de determinadas conductas vinculadas con estructuras criminales hace necesario mantener las medidas extraordinarias para respaldar las acciones de seguridad y permitir a la Fiscalía General de la República ejercer las acciones penales correspondientes.

El documento cita el artículo 30 de la Constitución y sostiene que la prolongación sucesiva del régimen es jurídicamente válida mientras persista, según sus argumentos, la necesidad de este mecanismo extraordinario para atender alteraciones graves al orden público.

Garantías constitucionales suspendidas

La nueva prórroga mantiene la suspensión de las garantías constitucionales establecidas en los artículos 12, inciso segundo; 13, inciso segundo; y 24 de la Constitución de la República.

Estas disposiciones están relacionadas con garantías de las personas detenidas, condiciones de detención y la inviolabilidad de las comunicaciones, dentro de los alcances establecidos por el régimen.

La medida contempla, entre otros aspectos, la ampliación del plazo de detención administrativa hasta un máximo de 15 días antes de la presentación de una persona ante un juez.

Asimismo, mantiene mecanismos especiales de investigación, incluida la intervención de telecomunicaciones conforme a los procedimientos establecidos, y la aplicación del delito de agrupaciones ilícitas en procesos relacionados con pandillas y organizaciones criminales.

RELATED ARTICLES

MÁS LEIDAS