La Sala de lo Constitucional admitió a trámite una demanda de inconstitucionalidad presentada contra la elección de cinco magistrados propietarios y cinco suplentes del Tribunal Supremo Electoral, por la supuesta vulneración a los artículos 135 inciso 1° de la Constitución, el cual establece el principio de publicidad parlamentaria.
El demandante expuso que la elección de los magistrados propietarios y suplentes del TSE contraviene el principio antes señalado, porque durante la sesión de la Comisión Política de 30 de Julio de 2019, no existió ninguna deliberación sobre el mérito, idoneidad, capacidad y experiencia de los candidatos. Además, señala que esto se repitió en la sesión plenaria de la Asamblea Legislativa del mismo día, en el cual, sin ninguna deliberación y ponderación sobre el mérito, idoneidad, capacidad y experiencia de los candidatos, y sin que concurriera una evaluación pública y meditada de las razones favorables y desfavorables de los candidatos se procedió a la elección. Para terminar, resalta que para la elección de dichos magistrados los partidos políticos decidieron respetar la propuesta especifica de la persona que cada partido político propuso como magistrado del TSE.
La Sala consideró que la demanda cumple con los requisitos para ser admitida a trámite, a fin de establecer si la Asamblea Legislativa ha vulnerado o no el principio de publicidad parlamentaria, debido a que, al parecer, en la elección de dichos funcionarios no se observó el debate, contradicción, intercambio de ideas, transparencia y verificación de la idoneidad de los candidatos, que forma parte del principio citado. Se concede un plazo de diez días hábiles a la Asamblea Legislativa y al Fiscal General de la República para que se pronuncien sobre la inconstitucionalidad alegada. Por último, se concede audiencia a los funcionarios citados del TSE, para que se pronuncien sobre los señalamientos formulados por el demandante.
La admisión del proceso de inconstitucionalidad fue firmada por unanimidad por los magistrados Aldo Enrique Cáder Camilot, Carlos Sergio Avilés Velásquez, Carlos Ernesto Sánchez Escobar, Martín Rogel Zepeda y Jorge Alfonso Quinteros Hernández.