12 artículos de la nueva Ley de Emergencia y reapertura de economía fueron abordados en el primer día de trabajo entre Gobierno y Asamblea

Tras una jornada de cerca de 12 horas en búsqueda de acuerdos entre el Órgano Legislativo y Ejecutivo para formar una nueva ley que contemple la cuarentena, emergencia nacional y el retorno laboral; la reunión se retomará este martes a las 10:00 de la mañana.

Para la formación de esta ley se tomaron ambos proyectos de ley, uno del Gobierno y el decreto aprobado por la Asamblea Legislativa.

En este tiempo se logró concenso en el nombre de la ley y los tres aspectos fundamentales a tratar: Ley especial transitoria de atención integral a la vida y la salud, declaratoria de emergencia en relación a la pandemia por COVID-19 y de reapertura de la economía.

Legisladores del FMLN no estuvieron a favor de la declaratoria de Estado de Emergencia.

Hasta la noche de este lunes, se logró llegar al artículo número 12 de referida ley, de un aproximado de 40.

En la reunión se notaron algunas fricciones entre los representantes del Gobierno y diputados de ARENA y FMLN; sin embargo, se lograron consensos, a pesar que algunos artículos tomaron más de una hora de discusión.

Consensos

Esta ley reunirá las aspectos que permitan la regulación de la atención de la pandemia que implica la cuarentena y sus centros de contención, tratamiento y obligaciones del Ministerio de Salud (MINSAL); así como el retorno gradual de las actividades laborales, económicas y administrativas.

El MINSAL será el encargado de coordinar, dirigir y ejecutar las acciones para el cumplimiento de las disposiciones de esta ley, así como de los planes y estrategias.

Así también, Salud deberpa ejecutar un Plan Nacional de Prevención y Respuesta a la pandemia por COVID-19 para ejecutarse en todo el Sistema Nacional Integrado de Salud según la evolución de la pandemia en sus fases, el cual deberá ser entregado al Parlamento; sin embargo, se excluyó que el Ministro Francisco Alabí incorporara cronograma y presupuesto, debido a que la situación es cambiante, según lo indicó el funcionario.

Pacientes positivos positivos de COVID-19 podrán ser hospitalizados en centros de atención médica privada en cualquier etapa de la enfermedad, estos deberán ser autorizados previamente por el MINSAL.

Se podrán declarar como zona epidémica un lugar geográfico definido, ya sean departamentos, municipios, colonias, caseríos; la vigencia no podrá ser mayor de cinco días, aunque podrá tener prorroga con base a la evolución del brote y justificación motivada a la población.

En lo relativo a los centros de contención, se estableció que a las personas que sean remitidas, Salud tendrá que procurar informar dentro de ocho horas a sus familiares de su traslado.

La evaluación a personas en estos centros se les realizará la evolución médica dentro de las 48 horas posterior a su ingreso y las pruebas de COVID-19 se le practicarán dentro de los tiempos establecidos por protocolo del MINSAL que no deberá de sobrepasar los siete días luego de ser remitido, el resultado lo deberá obtener en un máximo de dos días después.

Los pacientes que resulten positivos a COVID-19 deberán ser sujetas a aislamiento, su duración no excederá a 15 días, a menos que Salud justifique y certifique con documentación un plazo diferente.

Artículos congelados o aún no resueltos

Aún no se ha aclarado la duración de la disposición de la presente ley para decretar la emergencia y cuarentena domiciliar.

Asimismo, aún se deberá esclarecer las personas que califican para que sean enviadas a centros de contención, luego de la discusión sobre los conceptos en esta materia, nexos epidemiológicos, casos sospechosos, susceptibles o de probable contagio.

Se planteó que los laboratorios podrían importar y realizar pruebas de COVID-19; sin embargo, no se logró un acuerdo sobre esto, puesto que debía ser consultado con la Dirección Nacional de Medicamentos y el Consejo Superior de la Salud, según lo estableció el Gobierno.

Además, como último punto se debatió sobre el proceso de cuarentena y práctica de pruebas de COVID-19 a los salvadoreños varados; se había estipulado cuarentena controlada de 15 días, la prueba se haría posterior a los siete días de su llegada al país y el resultado se conocería entre dos a cinco días posteriores; este artículo no fue concluido.

Para hacer las consultas con sus respectivos partidos políticos y el personal del Ejecutivo, la reunión se retomará este martes a las 10:00 de la mañana.

Por su parte, el diputado Mario Ponce indicó a los diputados estar pendientes a llamados a sesión extraordinaria la tarde de martes, pues podría aprobarse este mismo día referida ley.

Ambos Órganos de Estado establecieron que lograron consensos en esta reunión y se esperan buenos resultados en la formación de ley, sobre los artículos pendientes esperan resolver el martes mismo.