Ley que establece beneficios laborales y de pensión para personas con discapacidad entrará en vigencia en enero de 2021

Beneficios de la nueva Ley Especial de Inclusión de las Personas con Discapacidad, como pensiones, educación inclusiva y apertura en el ámbito laboral, comenzarán a tener vigencia en enero de 2021, con el propósito que se ajuste a la recuperación por el impacto del COVID-19 en el país.

En sesión plenaria de este jueves, la Asamblea Legislativa aceptó parcialmente con 65 votos, las observaciones por parte de la Presidencia a referida ley.

«Me siento muy contenta por que es una lucha de hace muchos años, como persona con discapacidad quiero que se me respeten los derechos humanos, no quiero ser una carga para mi país», indicó la diputada Eileen Romero

Bajo esta ley, se deberá crear un fondo especial exclusivo para la ejecución de proyectos o programas de inclusión para beneficiar a las personas que presentan algún tipo de discapacidad, de los cuales el 55 % son mujeres y el 45% son hombres, según datos del Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapacidad (CONAIPD), institución que será la encargada de estos.

Educación

El Ministerio de Educación deberá garantizar que los centros educativos cuenten con los docentes de apoyo a la inclusión requeridos, así también, la implementación de procesos de formación y capacitación permanente dirigida a docentes en educación inclusiva para las personas con discapacidad.

Asimismo, se reconoce a la Lengua de Señas Salvadoreña (LESSA) como lengua oficial y natural de las personas sordas.

Laboral

Uno de cada 20 empleados debe corresponder a una persona con discapacidad tanto para el sector público como el privado, solo los empleadores que cuenten con menos de esta cantidad están exonerados.

En el caso que las empresas no cuenten con aspirantes, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y el CONAIPD remitirán candidatos que cumplan con el perfil establecido, y a falta de estos, se emitirá una constancia de exoneración por parte del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Como parte de las sanciones de no acatar esta disposición, se podrá imponer una multa de uno a nueve salarios mínimos mensuales establecidas por un Tribunal Sancionador.

Pensión

El Estado, a través de las instituciones competentes en materia de seguridad social, asignará una pensión universal diferenciada a dichas personas, a fin de asegurarles una vida plena y digna. Esta diferenciación se determinará por medio de evaluación de su discapacidad realizada por el Ministerio de Salud.

Además, todo cotizante al Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), al Instituto Salvadoreño de Bienestar Magisterial (ISBM) e Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada (IPSFA), tendrá derecho a inscribir como beneficiarios de los servicios de salud y suministros de medicamentos a sus familiares con discapacidad hasta con segundo grado de consanguinidad que dependa directamente de este.