Adaptación de vías públicas y medidas de protección en nueva Ley de Macro para el uso de la bicicleta

Con 78 votos, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Marco para el uso y fomento de la bicicleta, luego de un estudio de cerca de dos años en la Comisión de Juventud y Deporte.

Esta nueva ley establece beneficios a los ciclistas y entre sus ejes fundamentales se contempla la construcción y adaptación de vías públicas para el uso de la bicicleta, la implementación de parqueos en espacios públicos, beneficios laborales a empleados que la utilicen, políticas y planes municipales, asignación de fechas como día de la bicicleta y del ciclista, medidas de protección e incorporación de contenidos sobre el respeto en lso programas de exámenes de manejo.

Por lo tanto, a través del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y el Viceministerio de Transporte (VMT), así como las municipalidades, se elaborarán planes de desarrollo urbano, rural y de transporte para la integración de la bicicleta a los medios de transporte existente, de forma que se construyan y adapten vías públicas, espacios públicos, edificaciones y urbanizaciones para su uso.

De acuerdo con el decreto, en las carreteras y vías urbanas se deberá hacer el pintado de líneas amarillas a hombro de calle, así como utilizar separadores de bici carril con estándares internacionales.

Toda nueva obra vial deberá incluir ciclo ruta.

Sobre el tránsito de los ciclistas, la ley explica que estos no podrán transitar en grupos de más de dos en fondo, con excepción en las vías de uso exclusivo; en caso que se compartan espacios con peatones, deberán ceder el paso y respetar velocidades.

Además, como parte de las obligaciones de los ciclistas para poder circular, las bicicletas deberán tener un sistema de dirección y freno en buenas condiciones, equipada de un dispositivo que proyecte luz blanca en la parte delantera y en la trasera un foco que proyecte luz roja.

También tiene que poseer reflectantes en los bordes de las horquillas delantera y trasera, timbre o claxon y reflectivos laterales en los rines; los ciclistas usarán chalecos con franjas reflejantes, cascos que cubran toda la cabeza y abrochado.

Por otra parte, en un plazo no mayor a dos años a partir de la entrada en vigencia de esta ley, los edificios públicos, comerciales, centros educativos, centros de trabajo, terminales, estaciones y paradas de transporte, deberán contar con estacionamientos para bicicletas.

Así también, se declara día de la bicicleta el 3 de junio de cada año y día del ciclista salvadoreño cada 19 de septiembre.