Candidatos a alcaldes y Presidente de la República estarían haciendo campaña adelantada, señala magistrado del TSE

Guillermo Wellman, Magistrado del Tribunal Supremo Electoral. Foto: YSKL.
Guillermo Wellman, Magistrado del Tribunal Supremo Electoral. Foto: YSKL.

El magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Guillermo Wellman, se refirió a los procesos de campaña adelantada, ya que actualmente se observan casos de candidatos a alcaldes, mismos que aún no están permitidos.

De acuerdo con el Código Electoral, la campaña que está permitida hasta el momento es solo para candidatos a diputados, pues se autoriza dos meses previos a las elecciones; en este caso, puede realizarse desde el pasado 27 de diciembre, ya que las elecciones son el 28 de febrero.

No obstante, para los candidatos en concejos municipales solo se permite un mes antes de los comicios; es decir, hasta el 27 de enero en este calendario electoral; por lo que los aspirantes que se publiciten como alcaldes o concejales, estarían cometiendo propaganda adelantada.

«Nadie está cumpliendo con la campaña, los alcaldes, candidatos a alcaldes no deberían estar propaganda ahorita, no pueden, la campaña para consejo municipales comienza hasta el 27 de enero; solo pueden hacer campaña los candidatos a diputados», señaló Wellman.

Sin embargo, destacó que las sanciones establecidas en la normativa aún son muy pequeñas, pues se impone una multa entre los 1,000 a 5,000 dólares a los infractores, según el artículo 245 del Código.

«Lo que no tenemos es los suficientes dientes para aplicar la ley. El TSE no tiene autonomía financiera, independencia total, iniciativa de ley, infraestructura. Estamos diciendo dejen que funciones las instituciones», destacó.

Por otra parte, expuso que también el Presidente de la República, Nayib Bukele, estaría cometiendo campaña adelantada, «todos los medios tienen al presente pidiendo el voto para el partido de él. No puede estar haciendo campaña política […] No respetan la campaña anticipada los partidos políticos, los medios de comunicación ni el presidente de la República».

En el artículo 184 de la normativa electoral señala que ningún funcionario o empleado público puede «prevalecerse de su cargo para hacer política partidista».