La Asamblea Legislativa no aceptó las observaciones presidenciales al decreto de Ley de Banco Nacional de Datos de ADN que permitirá recoger estos datos de la población imputada, detenida, víctimas de crímenes, o condenados en procesos judiciales.
Fue la Comisión Ad-hoc que estudia propuestas de reformas a los Códigos Procesal y Penal que decidió no retomar las observaciones que realizó el Presidente Nayib Bukele a referida normativa, pues los elementos planteados ya habían sido incluidos intrínsecamente, como el ámbito de aplicación en el que incluye los efectos de la Ley especial para la protección y desarrollo de la persona migrante salvadoreña, así como la niñez desaparecida en el conflicto armado y sus familiares.
El debido proceso indica que las observaciones presidenciales pueden ser superadas por el Parlamento y el decreto comenzará a tener vigencia según lo indicado.
Este marco legal incluirá la incorporación de muestras de evidencias recabadas en diligencias policiales o fiscales; víctimas de hechos de violencia, desaparecidos, sus familiares, y aportadores voluntarios.
La ley incluye un artículo que garantizará, que el uso del banco de ADN, será confidencial, y por la persona propietaria de la muestra o una autoridad que esté legalmente facultada.
Por otro lado, la propuesta consigna que no habrá discriminación o algún tipo de estigmatización “o violación a la dignidad e intimidad”, de cualquier persona debido a su raza, etnia, discapacidad o enfermedades congénitas o hereditarias.
Las autoridades que administrarán las bases de datos serán el Instituto de Medicina Legal, y la Policía Nacional Civil (PNC). Y el ente rector que hará contraloría de la ley, será el Consejo Administrador, el cual estará conformado por delegados de los anteriores mencionados, y la Fiscalía General de la República.
Dicha instancia será la encargada de elaborar los protocolos para la recolección, tratamiento, utilización y conservación de los datos. Y rendirá un informe a final de cada año, a la Corte Suprema de Justicia, de carácter confidencial, que contendrá perfiles genéticos obtenidos y almacenados en cada base de datos, tanto de Medicina Legal como de la PNC, así como los resultados obtenidos y obstáculos enfrentados para la recolección del ADN.
En cuanto a las sanciones, la ley prevé multar con 10 a 20 salarios mínimos del sector comercio y servicios, a quienes hagan mal uso de la información, o alteren las muestras.
La propuesta fue llevada al Congreso en 2015, por la Diputada de ARENA, Patricia Valdivieso y fue consultada con expertos en criminalística, y tratamiento de la huella genética.



















