Sala de lo Penal confirma nulidad al proceso contra Norman Quijano por negociaciones con pandillas; Fiscalía pide a diputados desaforarlo

Norman Quijano, exdiputado. Foto: Cortesía.

La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) confirmó la nulidad al proceso penal contra el ahora diputado del Parlamento Centroamericano (PARLACEN), Norman Quijano, por los delitos de agrupaciones ilícitas y fraude electoral en la presunta negociación con pandillas.

La resolución provino de los magistrados Sandra Luz Chicas de Fuentes, Roberto Calderón Escobar y Miguel Ángel Flores Durel, el pasado 1 de noviembre, dando la razón a la respuesta de la Cámara Primera de lo Penal de la 1° Sección del Centro.

La Fiscalía General de la República (FGR) aseguró que la resolución de la Cámara se dio el último día en funciones de los magistrados, tras su cese por las reformas a la Ley de la Carrera Judicial; sin embargo, los magistrados de la Sala, nombrada por los diputados, concluyeron con el mismo fundamento, que Quijano posee fuero constitucional, por lo que no puede ser procesado.

El Ministerio Público interpuso el recurso de casación argumentando que el artículo 138 de la Constitución de la República que dicta que los diputados tienen fuero por los delitos que cometan desde el momento de su elección, por lo que, a pesar que actualmente posea inmunidad, los hechos que se le imputan fueron en 2013 y 2014, cuando aún no poseía el cargo.

La Sala respondió que es una «errónea aplicación del artículo».

«Eso no lo dice. Si la intención del constituyente hubiera sido esa, que el funcionario “ahora” electo como diputado, pueda juzgársele ante tribunales comunes, (sin seguir el procedimiento de antejuicio) por un delito que se le atribuye, pero cometido en el pasado cuando no era diputado, el texto perdería sentido, ya que en esencia se esta ante una misma persona, indivisible y que ya es un diputado electo por el pueblo», dicta la resolución.

“No es culpa ni responsabilidad del diputado ahora electo que no se le haya juzgado en el tiempo razonable y oportuno del hecho delictivo cometido en el pasado en el que no gozaba de fuero, y que hasta hora la autoridad respectiva busca procesarlo sin seguir el procedimiento para desaforarlo”, añade.

Fiscalía pide desaforarlo

Luego que este miércoles se conociera dicha resolución, la Fiscalía acudió a la Asamblea Legislativa para pedir su desafuero; es decir, que se comience el proceso desde cero por referida nulidad al que inició mayo pasado.

Los diputados de Nuevas Ideas pidieron en sesión plenaria que el Ministerio Público comenzara el proceso de desafuero, por lo que deberán admitirlo y conformar una comisión especial de antejuicio.

Los delitos prescriben, según defensa

Parte de los argumentos de los abogados del diputado Quijano contra el proceso penal fue la prescripción de los delitos.

El artículo 32 del Código Procesal Penal establece que si la acción penal no inicia en los años que dicta la pena máxima de cárcel, ya no puede haber persecución del delito.

Quijano es acusado de fraude electoral que tiene un máximo de 6 años de prisión, que según la defensa, se cumplieron en 2020; en agrupaciones ilícitas es de 5 años.