Inicia despliegue nacional para inspeccionar que empresas paguen aguinaldo conforme al marco legal

Imagen de referencia.
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Por: Redacción YSKL

En el marco del Plan de inspección “Defiende tu aguinaldo”, el Ministerio de Trabajo desplegó este miércoles a un equipo de 600 personas, quienes verificarán que el pago de este beneficio a los trabajadores se otorgue dentro del marco legal.

El ministro de Trabajo, Rolando Castro, detalló que el despliegue será realizado en los 14 departamentos del territorio salvadoreño. “Hemos encontrado muchas denuncias de algunas empresas que están queriendo negociar o renegociar fuera de los intervalos de la ley, el aguinaldo. Especialmente en el tema de las empresas de seguridad, limpieza y otros empresarios que vulneran los derechos de los trabajadores”, explicó el titular.

El funcionario expresó que existen empresas que están queriendo construir argumentos con sus departamentos jurídicos a fin de minimizar esta prestación. “El aguinaldo no es negociable absolutamente con nadie, no es interpretativo, no es una opción de un empleador. Es un mandato de ley que está estipulado”, enfatizó Castro.

Durante el despliegue, los inspectores se encargaran de pedir planillas de cada trabajador y de encontrarse empresas que no han cancelado el aguinaldo en tiempo y proporción, serán multadas conforme a la ley y por cada trabajador afectado.

El titular de la cartera de Trabajo aseveró que al 31 de diciembre “se tendrán garantizadas las inspecciones en todo el país” y se ha habilitado el call center 130 para recibir cualquier denuncia de esta índole.

Según el Código de Trabajo, el aguinaldo debe depositarse en la cuenta bancaria del trabajador del 12 a 20 de diciembre y cualquier empresa que no lo ha pagado ya está vulnerando el derecho.

La ley establece, para los trabajadores del sector privado, que el pago de aguinaldo debe ser: de 1 a 3 años, el salario de 15 días; de 3 a 10 años, 19 días; más de 10 años, 21 días, y menos de 1 año, proporcional de días laborados hasta el 12 de diciembre.

La Asamblea Legislativa, aprobó el 7 de diciembre, exonerarlo del Impuesto Sobre la Renta a los estipendios que no excedan de $1,100 dólares.

Al bono tienen derecho todos los trabajadores que se encuentren laborando para una empresa mediante un contrato de tiempo indefinido y todos aquellos que son contratados para la ejecución de una obra o contrato a plazo, y que tengan un año o más de servicio para el mismo empleador.

Si al 12 de diciembre, el trabajador no tiene un año de servicio para el mismo empleador, tiene derecho a una parte proporcional al tiempo laborado.

¿Cuánto es la cantidad mínima que se deberá pagar al trabajador?

La cantidad de dinero que se le entregará al trabajador se calcula de la siguiente manera: Para quien tenga un año o más, pero menos de tres años de trabajar en la misma empresa le corresponde, un monto equivalente al salario de quince días.

En caso que se tuviere tres años o más, pero no más de diez de trabajar en dicho lugar, corresponde un salario equivalente a diecinueve días. Pero para quien tenga diez años o más de laborar en la sociedad se le brindará un monto de veintiún días.

¿Cómo se calcula la suma de dinero que se debe recibir?

El salario básico que devengue a la fecha en que debe pagarse el aguinaldo cuando el salario hubiese sido estipulado por unidad de tiempo.

Por ejemplo, si una persona devenga $600,00 mensualmente, quiere decir que su salario básico es de $20,00. Por lo tanto, si sólo tiene 2 años de laborar, debe de multiplicarse 14 por $20,00. Dando como resultado un aguinaldo de $300,00.

Cuando se trata de cualquier otra forma de estipulación de salario, se tomará en cuenta el salario básico que resulte de dividir los salarios ordinarios que el trabajador haya devengado durante los seis meses anteriores a la fecha en que debe pagarse el aguinaldo, y el número de días laborales dentro de esos seis meses.

Es decir, que si un trabajador devengó un total de $2,400 en concepto de comisiones en los últimos 6 meses, y los días laborales en esos 6 meses fueron 123 días, entonces su salario básico diario se obtiene dividiendo $2,400 entre 126 días, lo que da como resultado $19,51. Haciendo una suma total de $409,71.

¿Pierde el aguinaldo el trabajador despedido ya sea por justa causa o sin causa legal?

No lo pierde. Cuando se da por terminado un contrato de trabajo con responsabilidad para el patrono o cuando el trabajador fuere despedido de hecho sin causa legal, antes del día doce de diciembre, el trabajador tendrá derecho a que se le pague la remuneración de los días que, de manera proporcional al tiempo trabajado, le corresponda en concepto de aguinaldo.