Sala niega recursos para volver a cerrar caso a acusados de la Masacre de Jesuitas

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La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inadmisibles los recursos de casación presentados por dos de los acusados de la Masacre de Jesuitas, con los que se esperaba volver a cerrar el caso, según informó el Fiscal General, Rodolfo Delgado.

Los recursos fueron presentados por Juan Orlando Zepeda Herrera y Francisco Elena Fuentes y Rafael Humberto Larios López.

En 2020 fue admitido por la anterior Sala un recurso de este tipo, mismo con el que se decidió el cierre de la causa penal. Sin embargo, la Sala de lo Constitucional invalidó dicha resolución tras admitir un recurso de amparo de la Fiscalía General de la República (FGR).

«La nueva Sala de lo Penal nos da la razón y declara inadmisibles los recursos de Casación interpuestos por los acusados de perpetrar la masacre de 6 sacerdotes Jesuitas y 2 colaboradoras», expuso Delgado tras la resolución que se conoció este martes.

Los acusados

Los militares René Emilio Ponce (falleció en 2011), era Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada; Juan Rafael Bustillo, era comandante de la Fuerza Aérea; Inocente Orlando Montano, exviceministro de Seguridad; Juan Orlando Zepeda Herrera, miembro de “La Tandona» y exviceministro de Defensa; Francisco Elena Fuentes, comandante de la Primera Brigada de Infantería en San Salvador; Rafael Humberto Larios López, General y era Ministro de Defensa; así como el expresidente de la República, Alfredo Félix Cristiani Burkard.

Se les atribuía el delito de asesinato, Art. 154 del Código Penal derogado (1973) en perjuicio de las víctimas Ignacio Ellacuría de Beascoechea, Ignacio Martí Baró, Segundo Montes Mozo, Juan Ramón Moreno Pardo, José Joaquín López López, Armando López Quintana, Julia Elba Ramos y Celina M.

El Proceso Penal – su origen y su cierre

En el año 2,000, luego de la Ley de Amnistía declarada en 1993, se presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República (FGR) del sacerdote Jesuita José María Tojeira contra los autores mediatos o intelectuales de la masacre; entre estos, el expresidente Alfredo Cristiani y militares que se desempeñaron como funcionarios en cargos de ministros, viceministros.

De acuerdo con la FGR, el hecho no se podía investigar por la Ley de Aministía; Tojeira interpuso un recurso de revocatoria a esta decisión, también se interpusieron demandas de inconstitucionalidad a referida ley; la Sala de lo Constitucional se pronunció e indicó que no había infracciones a la Constitución, pero los jueces debían considerar cada caso concreto en caso hubiere una excepción. Por lo tanto, la Fiscalía presentó el caso el 23 de octubre de 2,000 ante el Juzgado Cuarto de lo Penal, ahora Juzgado Cuarto de Instrucción; no obstante, el juez declaró sin lugar la investigación solicitada.

El caso fue cerrado.

Reapertura en 2018

En 2016 se declara inconstitucional la Ley de Amnistía y se retoman casos, como el de la Masacre de los Jesuitas y sus autores intelectuales.

En 2018, el Juzgado Tercero de Paz de San Salvador declaró sin lugar el sobreseimiento definitivo que se dictó en el año 2,000 a favor de referidos imputados.

Interponen recursos contra esta decisión ante la Cámara Tercera de lo Penal, misma que ratifica la reapertura del caso.

No obstante, interponen recurso de casación ante la Sala de lo Penal ese mismo año.

Fue hasta octubre de 2020 que el máximo tribunal en materia penal confirmó el sobreseimiento definitivo de los exmilitares y expresidente, a quienes se acusaba de ser autores intelectuales del asesinato de los seis sacerdotes y sus colaboradoras.