Por: Redacción YSKL
La Autoridad Marítima Portuaria (AMP) a través del régimen transitorio especial dio a conocer este martes que los propietarios de embarcaciones deportivas, embarcaciones de recreo, motos acuáticas o ferries que no tengan su matrícula con la AMP y que no cuentan con un documento que acredite su propiedad, podrán presentar una declaración jurada que lo acredite como poseedor.
El régimen que da una extensión de matrícula a los propietarios de embarcaciones, tiene una vigencia de 6 meses.
Este inició el 20 de agosto 2021 y termina el 20 de febrero 2022.
También incluye a las embarcaciones artesanales, las cuales deben presentar una Declaración Jurada, tal como se establece en el Artículo 5 del Reglamento para la Navegación de Buques y Autorizaciones de Gente de Mar y Artículo 12 del Régimen Especial para la Navegación y Registro de Embarcaciones Artesanales.
¿Cómo obtener el certificado de matrícula durante el régimen transitorio?
Primero: Debe consultar los pasos en el sitio web www.amp.gob.sv; acuda ante un Abogado y Notario, para que este elabore la declaración jurada, en base al formato que puede encontrar en el sitio web, que dice “para inscribir la posesión de la embarcación. Luego acercarse a una delegación Local y presente los requisitos solicitados en el sitio web para iniciar el trámite y solicite la inspección de las condiciones de seguridad de la embarcación.
Posterior debe retirar su matrícula en la delegación donde inició su trámite, cuando le notifiquen que puede hacerlo.