Inició la audiencia inicial contra los acusados en el nuevo requerimiento fiscal por la Masacre de Jesuitas en 1989 en el Juzgado Tercero de Paz.
El abogado defensor, Lisandro Quintanilla, planteó que uno de los incidentes es que el juez valore una «calificación correcta» de los delitos, y que los actos de terrorismo estén bajo el mismo delito de asesinato.
También se pidió que prescriban los delitos como hurto (de un maletín de los sacerdotes), fraude personal y encubrimiento, pues no forman parte de delitos de lesa humanidad según el Código Penal.
El jurista criticó que no hay nuevos elementos de prueba ante el proceso que ya se ventiló en juzgados en años anteriores.
«Lamentablemente, el caso está exactamente igual al 27 de marzo del año 2000, después de 22 años, la Fiscalía General no realizó ningún acto de investigación para poder fundamentar su requerimiento y lo que ha hecho es relacionar los actos que ya habían sido procesados en el Juzgado Cuarto de Instrucción cuando condenaron al coronel (Guillermo Alfredo) Benavides, el juicio de 1993», dijo Quintanilla.
¿Cuándo condenaron a Benavides?
El Coronel retirado fue condenado en enero de 1992 por el delito de asesinato contra los seis sacerdotes jesuitas y dos mujeres en las instalaciones de la Universidad Centroamericana «José Simeón Cañas» (UCA).
Sin embargo, un año después, el 1 de abril de 1993 quedó en libertad por la aprobación de la Ley de Amnistía; solo había cumplido 14 meses de su pena.
En 2016 se declaró inconstitucional referida ley y la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió que Benavides debía regresar a detención y remitió el caso al Juzgado Cuarto de Instrucción de San Salvador, que para el momento de la condena era el Juzgado Cuarto de lo Penal.
El Juzgado reafirmó la pena de 30 años de prisión.



















