Por: Redacción YSKL
En Sesión Plenaria Extraordinaria, la Asamblea Legislativa aprobó el miércoles, una serie de reformas a distintos cuerpos legales, con el fin de afrontar la escalada de violencia que se registró el fin de semana y que dejó más de 80 fallecidos.
El Ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo presentó ante los diputados propuestas para mejorar la efectividad de las instituciones del ramo frente a las pandillas, a las que el Gobierno atribuyó el alza de muertes violentas.
Una de las reformas va dirigida al Código Procesal Penal, el cual se le adicionó un nuevo inciso al artículo 8, que facultará a los jueces a no decretar detenciones provisionales en los casos de delitos de homicidio, homicidio agravado, extorsión, extorsión agravada, proposición y conspiración para cometer dichos delitos.
Esto incluye los cargos por agrupaciones ilícitas, secuestros, violaciones, organizaciones terroristas, tráfico de personas, trata de personas, desórdenes públicos y todos aquellos contemplados en la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas y la Ley de Proscripción de Maras, Pandillas, Agrupaciones, Asociaciones y Organizaciones de Naturaleza Criminal.
Además, no aplicará para estos individuos, el inciso 2 de dicho artículo, en referencia a que se puede extender la restricción de movilidad en resolución fundamentada por 12 meses, ya que en los casos mencionados la restricción personal estará supeditada hasta la sentencia definitiva en firme.
En caso que un imputado miembro de pandillas, no asista a las audiencias, se declarará automáticamente en rebeldía y no se suspenderá el proceso. Es decir, no se aplicará la prescripción de la pena, tal y como está establecido en el Artículo 99 del Código Penal.