Un nuevo monto en la cotización para los afiliados al sistema de pensiones será efectivo tras la aprobación de la La Ley Integral del Sistema de Pensiones en la Asamblea Legislativa.
Aumento de cotización
La tasa de cotización del Sistema será del 16% (anteriormente de 15%) sobre el ingreso base de cotización.
- 7.25% al trabajador
- 8.75% al empleador (aumenta 1%)
Así se distribuirá:
- 9% para la cuenta individual: el 7.25% es del trabajador (TODA SU APORTACIÓN) y el 1.75% del empleador.
- El 6% para la Cuenta de Garantía Solidaria.
- 1% será de comisión a las Administradoras.
- Comisión de Administradoras
Previo a la aprobación de la ley, se destina un 0.9 % a la comisión de las Administradoras de Fondos para Pensiones (AFP) y también un 1 % a la compra del seguro para invalidez y sobrevivencia.
Con la nueva normativa, la comisión será de 1%.
Sobre la base de cotización
Trabajador dependiente: son los que tengan una relación de subordinación laboral tanto en el sector privado como público y municipal. La afiliación es obligatoria.
El ingreso base para calcular la cotización será el salario mensual; integra el salario todo el dinero que implique retribución de servicios, incluido vacaciones, comisiones y porcentajes sobre ventas. NO forman parte las bonificaciones, el aguinaldo y viáticos, o gastos de representación.
Si tiene dos o más trabajos, cotizará por cada salario que perciba.
Trabajadores independientes: son los que no tengan subordinación laboral, tanto domiciliados en El Salvador, como salvadoreños en el exterior. Deberá suscribir contrato de afiliación.
El ingreso base para calcular la cotización será el ingreso mensual que declaren ante las Administradoras, que no puede ser menor al salario mínimo legal. Los independientes serán responsables del pago total de las cotizaciones.
El monto demostrado se entenderá como la declaración de sus ingresos. Se podrá hacer el pago de cotización de forma electrónica.