No mover los vehículos tras un accidente vial será multado con $100 con nuevas reformas

Fotografía: @elsalvador.com

Aunque presenten daños personales leves o solo materiales, los vehículos que protagonizan un accidente de tránsito deberán ser movidos de la vía para evitar la obstrucción del tránsito, indican las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

Con las modificaciones, las infracciones leves pasarían de costar $11.43 a $50; las graves de $34.29 a $100 y las muy graves de $57.14 a $150.

Dentro de las graves se establece «No mover un vehículo u objeto que obstruya el libre tránsito, producto de siniestro vial, siempre que solo existan daños materiales y o daños personales leves».

Además, se multará por «ignorar la indicación de una autoridad competente de mover un vehículo u otro objeto que se encuentre obstruyendo la vía pública y el libre tránsito, producto de un siniestro vial con daños materiales y o personales o por otras razones que la autoridad competente estime conveniente».