Dictaminan reformas al Código de Trabajo sobre procesos en juzgados de lo laboral

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La Comisión de Trabajo dictaminó reformar los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo, relativo al incremento de la cuantía para el acceso a la jurisdicción .

Cuando un empleado desea acceder a la vía judicial, ante el incumplimiento de sus derechos laborales, el Código de Trabajo establece el monto como criterio o de determinación del proceso que se llevará a cabo.

El monto de la cuantía determina si un caso se ve por la vía abreviada o regular, la cuota actual es de 200 colones ($22.86). De ser aprobado por el Pleno Legislativo, el monto se subirá a tres salarios mínimos del sector servicio y comercio ($1,095).

Según los diputados, al modificar la cuantía permitirá que la mayoría de los casos sean resueltos con procesos abreviados.

Además, los plazos para emitir una sentencia se reducirían a tres; la notificación a las partes involucradas será en seis días (antes eran tres).

En cuanto a las multas, se contempla un salario mínimo por día si se retrasa la emisión de sentencia (tres días) y la notificaciones a los implicados (seis días).

Si el tribunal incumple estas disposiciones incurrirá en una multa, cuyo monto será de un salario mínimo diario de los sectores comercio y servicio por cada día de retraso, salvo justo impedimento.