Reforman reglamento de tránsito: conductores involucrados en accidentes pueden mover vehículos si toman antes fotografías

Por: Redacción YSKL

Hoy, los titulares del Viceministerio de Transporte (VMT), Nelson Reyes y el Ministerio de Obras Públicas, Romeo Rodríguez, informaron sobre las reformas realizadas a numeral 4, del artículo 176 del Reglamento General de Tránsito y Seguridad Vial, con el propósito de despejar las vías, de forma inmediata, luego de un accidente de tránsito.

La reforma establece que los involucrados en un percance vial deberán mover los vehículos hacia una zona donde no obstruya el paso. Si se registran lesionados o fallecidos los automotores no deben ser retirados hasta que las autoridades lo determinen.

En caso de que los daños en los carros imposibiliten moverlos se tendrá que pedir asistencia y el responsable deberá asumir los gastos.

“Nuestro reglamento data entre 1995 y 1996, los cuerpos normativos tienen que ir cambiando, así como cambia la tecnología. Antes no era común contar con elementos como teléfonos celulares y cámaras digitales en el día, a la hora de hacer el registro de este tipo de incidentes”, señaló el viceministro de Transporte.

La reforma, bajo la campaña «Mueve tu vehículo, indica que los involucrados en los accidentes deberán documentar con fotografías o video para, posteriormente, presentarlas ante las autoridades que atiendan el incidente. Quienes se nieguen a mover los vehículos serán sancionados por obstruir el paso, lo cual es sancionado con multa de $57.14», explicaron las autoridades.

Reyes dijo que, como VMT han tenido acercamientos con las aseguradoras para explicar la nueva disposición y estas mostraron su respaldo para facilitar el procedimiento a sus usuarios.

“Estamos simplificando el proceso para tener menos interferencias en el tráfico vehicular (…) En eso se resume la reforma para que todas las personas cuando están en una carretera no tengan que esperar a que llegue la aseguradora o Policía para poder movilizarse. De esta manera se agiliza el tráfico vehicular”, dijo el titular de Obras Públicas.

Quienes se nieguen a mover los carros, serán sancionados por obstrucción del tránsito, como lo establece la ley con una multa de $57.14 y la Policía Nacional Civil (PNC), tendrá la potestad de decomisar el vehículo que obstruya la vía.