Proponen multas de hasta $900 y retiro forzoso por abandono vehicular tras 30 días en la vía pública en San Salvador Centro

0
404

Por Redacción YSKL

La Alcaldía de San Salvador Centro contempla nuevas sanciones contra el abandono de vehículos automotores en vías públicas, como parte de una propuesta de Ordenanza para la Convivencia Ciudadana que será aplicada en los cinco distritos del municipio.

Según el artículo 67 del proyecto, quienes dejen vehículos en mal estado o de funcionamiento desconocido en la vía pública por más de 30 días consecutivos podrán ser sancionados con multas entre $51 y $900.

Esta disposición forma parte de las contravenciones, es decir, infracciones administrativas que no constituyen delito, pero que afectan la convivencia en los espacios públicos.

“El Concejo Municipal aprobó el estudio de una nueva Ordenanza para la Convivencia Ciudadana (…) Nos encontramos en la fase de consultas”, explicó Beatriz Flamenco, síndica municipal.

Medida provisional incluye retiro forzoso del vehículo

Además de la sanción económica, la alcaldía establecerá el retiro forzoso de vehículos abandonados, como medida provisional mientras se realiza el procedimiento administrativo sancionatorio.

El proceso se activará cuando el Cuerpo de Agentes Metropolitanos reciba aviso o identifique un automotor en estado de abandono.

El Delegado Contravencional notificará al propietario para que lo retire en un plazo de 72 horas. Si no se identifica al propietario, se colocará un aviso visible en el vehículo.

Tras cinco días sin cambios, se procederá al retiro.

El propietario deberá asumir todos los gastos del remolque, grúa, resguardo y custodia del vehículo.

El automotor será trasladado a un depósito municipal y el responsable contará con un plazo de 60 días para reclamarlo, previa presentación de documentación y pago de la multa.

Aspectos destacados del procedimiento en casos de abandono vehicular:

  • Se considera abandono si el vehículo permanece 30 días sin moverse.
  • La primera notificación se hace por escrito; si no hay respuesta, se procede al retiro tras cinco días.
  • El depósito del vehículo será en un inmueble designado por la alcaldía.
  • El propietario tiene 60 días para recuperarlo; de lo contrario, se traslada a la Dirección General de Tránsito.
  • El municipio no asumirá responsabilidades por daños o robos durante el proceso.

En caso de vehículos en reparación o con estado de funcionamiento no verificable que estén ubicados en zonas bajo competencia de la División de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), la alcaldía notificará a esa división para que proceda conforme a la normativa de tránsito nacional.

También se sancionará evasión de parqueo y obstáculos en la vía

Otras disposiciones previstas en la ordenanza incluyen multas por evadir el pago de parqueos municipales, que podrían ir de $15 a $50, según el artículo 66.

Además, el artículo 80 sanciona con hasta $900 la obstaculización de retornos y calles secundarias, y el artículo 82 penaliza la construcción de obstáculos sin autorización como túmulos, portones o plumas.

Procedimiento sancionatorio incluye actas, esquelas y audiencias

Las infracciones podrán ser detectadas de oficio o por denuncia, iniciándose un procedimiento administrativo sancionatorio regulado entre los artículos 96 y 102 del anteproyecto.

Si la contravención se comete en flagrancia, los agentes pueden emitir una esquela de emplazamiento, documento que notifica al infractor sobre la falta y la posible sanción.

El documento deberá contener los datos de la infracción, el nombre del infractor, el agente que impone la esquela y la descripción de la evidencia.

Esta esquela tendrá valor de declaración testimonial y podrá ser refutada por el contraventor en audiencia ante el Delegado Contravencional.

Una vez finalizada la consulta pública, la alcaldía podrá proceder con la aprobación final y entrada en vigencia de la ordenanza.