Por Redacción YSKL
El Ministerio de Hacienda presentó ante la Asamblea Legislativa una iniciativa para modificar el plazo de vigencia del Decreto Legislativo n.º 679, que aprobó el Presupuesto Especial Extraordinario para el Evento Electoral 2024, con el fin de extender su período de liquidación hasta el 31 de diciembre de 2025.
La propuesta será estudiada por la Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto del órgano legislativo.
De acuerdo con el documento presentado, el objetivo de la reforma es permitir la ejecución pendiente de diversas actividades incluidas en el proceso de liquidación del presupuesto destinado a las elecciones de 2024.
El texto oficial señala que “aún existen diversas actividades contempladas en el marco de la liquidación del referido presupuesto que no han sido ejecutadas en su totalidad, y dado que dichas actividades son indispensables para el cumplimiento de los objetivos previstos, se hace necesario establecer una reforma”.
Sobre la reforma propuesta
El Decreto Legislativo n.º 679, aprobado el 15 de marzo de 2023, asignó recursos al Tribunal Supremo Electoral (TSE) para la organización de los comicios de Presidente y Vicepresidente de la República, Diputados de la Asamblea Legislativa, Parlamento Centroamericano e integrantes de Concejos Municipales.
Entre las disposiciones específicas del decreto se facultó al Ramo de Hacienda para transferir los fondos necesarios con cargo al Fondo General, bajo criterios de austeridad y optimización de los recursos, y se estableció la fiscalización de la Corte de Cuentas de la República sobre la ejecución presupuestaria.
Además, se autorizó al TSE a pagar tiempo extraordinario al personal que participó en labores relacionadas con las elecciones, conforme a la normativa del Código Electoral y la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.
La iniciativa plantea modificar el artículo 1, literal D, numeral 5, del decreto vigente, que actualmente establece que el presupuesto debe liquidarse a más tardar el 31 de diciembre de 2024.
De aprobarse la modificación, el anteproyecto de decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial, una vez sea aprobado por los diputados.



















