Aprueban reformas a Ley de Servicios Internacionales con cambios a requisitos de inversión y empleo

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Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles reformas a la Ley de Servicios Internacionales, tras incorporar modificaciones planteadas durante la discusión en el pleno que ajustan los requisitos de inversión, empleo y operación para empresas que buscan acceder a beneficios fiscales dentro de parques y centros de servicios.

Las reformas derivan de una iniciativa presentada por el Ministerio de Economía, orientada a actualizar las condiciones bajo las cuales las empresas pueden operar dentro del régimen especial.

Durante la sesión plenaria, la diputada Elisa Rosales propuso cambios al contenido original del decreto, los cuales fueron incorporados antes de su aprobación final.

Ajustes al régimen y a las actividades beneficiadas

Uno de los cambios centrales de la reforma es que las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, podrán desarrollar una o más actividades beneficiadas dentro del régimen, siempre que cumplan con el requisito de inversión y empleo de mayor exigencia, además de las condiciones específicas de cada actividad.

Este criterio aplicará tanto para nuevas solicitudes como para empresas ya autorizadas que busquen ampliar su operación.

La reforma mantiene sin cambios el listado de actividades excluidas del régimen, como hoteles, transporte, generación y distribución de energía eléctrica, telecomunicaciones no autorizadas y servicios profesionales, entre otros.

Requisitos diferenciados para parques de servicios

Las modificaciones aprobadas redefinen los requisitos para empresas que soliciten ser calificadas como usuarios directos en parques de servicios, particularmente en áreas de procesos empresariales, servicios médico-hospitalarios y atención a ancianos y convalecientes.

En el caso de procesos empresariales, se estableció una inversión mínima de $150,000, que deberá ejecutarse desde los primeros seis meses de operaciones, así como un mínimo de 10 empleos permanentes desde el primer año.

Para servicios médico-hospitalarios, se fijó una inversión mínima de $1 millón, la exigencia de al menos 10 puestos de trabajo, una infraestructura mínima de 4,000 metros cuadrados construidos y la presentación obligatoria de un plan de negocios.

En los servicios de atención a ancianos y convalecientes, la inversión mínima quedó en $250,000, con al menos 10 empleos permanentes y plan de negocios.

La reforma establece que el incumplimiento de estos requisitos implicará la pérdida de los beneficios fiscales durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Cambios para centros de servicios

También se ajustaron los requisitos para empresas que operen como centros de servicios, elevando los montos de inversión y el número mínimo de empleos en varias actividades.

En procesos empresariales, tecnologías de información y cinematografía, se exige una inversión mínima de $250,000 y al menos 20 empleos permanentes.

Para servicios médico-hospitalarios en esta modalidad, la inversión mínima asciende a $2 millones, con un mínimo de 15 puestos de trabajo.

Requisitos clave incorporados en las reformas

Elementos actualizados del régimen:

  • Inversiones mínimas diferenciadas según actividad y modalidad
  • Plazos específicos para ejecutar la inversión (primeros seis meses o primer año)
  • Número mínimo de empleos permanentes desde el primer año
  • Presentación obligatoria de plan de negocios
  • Pérdida de beneficios fiscales en caso de incumplimiento

Áreas verdes y parques de servicios

Otro de los puntos aprobados es la modificación al cumplimiento del requisito de áreas verdes, que se mantiene en el 30 % del área total del proyecto.

La reforma permite que hasta un 20 % de esa área verde se ubique fuera del parque de servicios, siempre que exista una compensación equivalente y autorización de las entidades competentes.

Para ello, se incorporó un nuevo artículo que regula expresamente esta posibilidad.

El decreto aprobado establece que las reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.