Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa aprobó la Ley para el Fomento de la Expansión de las Inversiones, una normativa que establece un régimen especial de incentivos tributarios para empresas que ya operan en El Salvador y decidan ampliar sus operaciones productivas. La ley fija beneficios fiscales aplicables por un plazo de hasta diez años, según el monto de la inversión de expansión.
El incentivo central es un crédito tributario acreditable contra el Impuesto sobre la Renta, que podrá utilizarse a partir de la calificación del proyecto por parte del Ministerio de Economía.
El decreto establece que este crédito no será deducible como gasto, no podrá transferirse a terceros y estará sujeto a controles fiscales por parte del Ministerio de Hacienda.
Crédito tributario como eje del régimen
De acuerdo con el texto aprobado, podrán acceder al beneficio las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan al menos 10 años de operación comprobable en el país y ejecuten inversiones de expansión.
El crédito tributario podrá acumularse si no se utiliza en su totalidad en un ejercicio fiscal y tendrá una vigencia inicial de hasta 10 años, con posibilidad de solicitar una ampliación bajo condiciones específicas.
La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión sostuvo en su dictamen que la ley busca establecer “regulaciones especiales, así como incentivos tributarios, para fomentar la expansión de las operaciones de inversión ya existentes en el país”, en línea con el mandato constitucional de promover el desarrollo económico y la iniciativa privada.
Sectores priorizados y alcance de la expansión
La normativa delimita la expansión de inversiones a actividades orientadas a fortalecer operaciones productivas ya instaladas, especialmente en sectores considerados estratégicos.
Entre estos se incluyen la industria textil y confección, agroindustria, alimentos y bebidas, autopartes, electrónica, productos plásticos, calzado, productos químicos y farmacéuticos, materiales para la construcción y productos de papel.
El decreto aclara que las inversiones no podrán consistir en una simple sustitución de activos sin incremento real de la capacidad instalada ni en la reducción de las operaciones previas a la expansión.
Elementos del incentivo tributario
- Inversiones entre 1 y 10 millones de dólares: crédito tributario del 10 %
- Inversiones superiores a $10 millones y hasta $20 millones de dólares: crédito del 20 %
- Inversiones mayores a $20 millones de dólares: crédito del 30 %
El porcentaje se aplicará únicamente sobre el excedente del Impuesto sobre la Renta respecto al mejor resultado declarado por el contribuyente en los últimos diez ejercicios fiscales, ajustado por inflación.
Requisitos y control fiscal
Para acogerse al régimen, las empresas deberán calificar su perfil de inversionista ante la Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones de El Salvador (Invest), estar solventes de obligaciones tributarias y aduaneras, y presentar estados financieros auditados de los últimos diez años, así como un cronograma de ejecución del proyecto.
La ley faculta al Ministerio de Economía para otorgar y, en caso de incumplimientos, revocar la calificación de los proyectos, mientras que la vigilancia del régimen tributario corresponderá al Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos.
Vigencia y plazos
El decreto establece que los proyectos de expansión deberán iniciar operaciones en un plazo máximo de 18 meses a partir de la calificación, salvo causa justificada.
La ley entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial y tendrá carácter especial, prevaleciendo sobre disposiciones que la contradigan.



















