Por Redacción YSKL
El Ministerio de Economía presentó ante la Asamblea Legislativa una propuesta de reformas a la Ley Especial de Estadística y Censos que amplía el alcance de la normativa hacia toda la “ronda censal”, incorpora nuevas categorías de encuestas especiales y establece de forma expresa que instituciones como la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) y el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) deberán “participar, brindar todo tipo de apoyo” y entregar información de forma oportuna al Banco Central de Reserva (BCR).
La propuesta, que pasará a estudio de la Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno, modifica el artículo 10 para incluir de manera específica a CEL e ISSS dentro de las entidades obligadas a colaborar con la función estadística y censal, junto con municipalidades, instituciones públicas, autónomas y los órganos Legislativo y Judicial.
Según el texto, estas entidades estarán obligadas a “participar, brindar todo tipo de apoyo para la ejecución de la función estadística y censal, y proporcionar información de forma oportuna según lo requiera el Banco Central”.
Ronda censal y nuevas áreas estadísticas
La reforma también reorganiza el artículo 2 para ampliar los rubros cubiertos por la ley, incluyendo la ronda censal como categoría integral que abarca censos de población y vivienda, económico, agropecuario, pesca y la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares.
Además, se incorporan encuestas especiales solicitadas por el Presidente de la República o identificadas por el BCR, siempre que sean consideradas relevantes para políticas públicas.
Elementos que integraría la ronda censal:
- Censo de Población y Vivienda
- Censo Económico
- Censo Agropecuario
- Censo de Pesca
- Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares
La iniciativa plantea que esta ronda deberá ejecutarse “como máximo cada 10 años”, bajo fechas determinadas por decreto ejecutivo.
Cambios en publicaciones, sanciones y contrataciones
La propuesta traslada al Consejo Directivo del BCR la autorización de publicaciones periódicas de encuestas, con criterio técnico, y establece que estas serán divulgadas gratuitamente, aunque la institución podrá cobrar por información adicional requerida por terceros.
También incorpora una disposición sancionadora para casos en que se afecte la cobertura o representatividad del Sistema Estadístico Nacional, al señalar que la competencia sancionadora procederá cuando se comprometan “los niveles de representatividad definidos en la normativa técnica aplicable”.
En materia operativa, el BCR quedaría facultado para realizar contrataciones por servicios eventuales para censos y encuestas especiales, con exención de tributos para esos ingresos, además de ampliar exoneraciones fiscales para importación, adquisición de bienes y contratación de servicios vinculados a estos procesos.
Exclusiones para procesos de compra
Otro cambio plantea que los procesos de compra, contratación o adquisición necesarios para la ronda censal y encuestas especiales no estarán sujetos a la Ley de Compras Públicas, salvo en lo relativo a ejecución contractual, incumplimientos e infracciones.
La normativa propuesta autoriza además al Banco Central a establecer lineamientos especiales de contratación con mecanismos como subasta electrónica inversa y plataformas electrónicas, bajo criterios de “agilidad, eficiencia y transparencia”.
Justificación de la iniciativa
En sus considerandos, la propuesta señala que las reformas buscan “contribuir a la modernización del sistema estadístico nacional” y “garantizar la oportuna colaboración de diferentes entidades e instituciones públicas” para fortalecer la función estadística y censal del país.














