Por: Redacción YSKL
Este miércoles, los Diputados de la Comisión de Infraestructura de la Asamblea Legislativa dictaminaron la “Ley de Creación de la Dirección de Mercados Nacionales y Locales Comerciales Ubicados en Espacios Públicos”.
La propuesta tiene como objetivo crear un marco legal que regule la administración de los mercados nacionales, así como de los locales comerciales situados en plazas, parques y otros espacios públicos.
A inicios de abril, los parlamentarios de mayoría oficialista, aprobaron la normativa, sin embargo, en la sesión de este día, se conoció que el Ministerio de Economía, principal ente impulsor de la ley, había solicitado cambios.
En la lectura del anteproyecto, los diputados escucharon que la cartera de Economía solicitaba «disposiciones que respeten principios de inclusión y funcionalidad operativa». Además, sugerían que se incluyeran «procedimientos más detallados», para que personas naturales o jurídicas que arrienden espacios, puedan conocer el proceso de alquiler.
Además, el gobierno solicitó que sea la Asamblea Legislativa la que determine un mecanismo para establecer tarifas de arrendamiento «con base en parámetros técnicos que serán finalmente ejecutados por la autoridad administrativa».
Por otra parte, también pidió revisar que las características legales de esta propuesta, no repliquen otras leyes.
La Ley
Según mencionaron los parlamentarios, el proyecto definirá funcionamiento, administración y los derechos y obligaciones de las personas que realicen actividades comerciales en dichos lugares.
Cabe señalar que los agromercados y las centrales de abasto no estarán incluidos en esta normativa.
La iniciativa contempla la creación de la Dirección de Mercados Nacionales, entidad que se encargaría de la administración, vigilancia y control de estos centros de venta.
Entre sus funciones estaría garantizar la libre competencia y condiciones óptimas de salubridad que favorezcan la comercialización de productos de primera necesidad.
Además, se establecería un procedimiento de adjudicación de puestos de venta para asegurar la igualdad de oportunidades entre los interesados.
El proyecto también estipula que los municipios beneficiados con la inversión de un mercado administrado por la Dirección tendrían la facultad de establecer tasas o impuestos a los vendedores adjudicatarios, aunque con la modificación, se desconoce si las comunas tendrán facultades para ejecutar los arbitrios.
Principales competencias de la Dirección
De acuerdo con el anteproyecto de ley, la Dirección de Mercados Nacionales tendría como funciones administrar los centros de comercio, emitir normativas internas, velar por la provisión de servicios básicos, como sanitarios comunes, iluminación y vigilancia, adjudicar y, en su caso, revocar los puestos de venta, imponer sanciones y monitorear el pago de arrendamientos.
También tendría la facultad de decretar medidas provisionales en casos de fuerza mayor o fortuitos.
Según lo establecido en la propuesta normativa, la Dirección estaría dirigida por un director y un subdirector, ambos nombrados por el presidente de la República para periodos de cinco años, con posibilidad de reelección.
El director sería la máxima autoridad y responsable de la gestión administrativa, económica y financiera de la institución, mientras que el subdirector asumiría sus funciones en caso de ausencia.
















