Aprueban normativa con incentivos fiscales para ampliar acceso a electricidad en zonas rurales

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Por Redacción YSKL

Este martes, la Asamblea Legislativa aprobó una normativa que busca facilitar la ejecución del Programa de Acceso Universal a la Energía en El Salvador, impulsado por la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL).

“El acceso a la electricidad generará desarrollo económico para miles de familias”, señala un considerando del documento que respalda la iniciativa.

Componentes del programa

Durante la sesión de trabajo de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea, el presidente de la CEL, Daniel Álvarez, explicó los principales componentes del programa:

  1. Inversión en infraestructura: extensión de la red de distribución, instalación de miniredes con energía renovable, sistemas solares fotovoltaicos individuales con almacenamiento de energía y conexiones especiales.
  2. Fortalecimiento institucional: apoyo técnico para diseño y supervisión de obras, capacitación en gestión de proyectos y energías renovables, y adopción de tecnologías digitales para gestión operativa y financiera.
  3. Sensibilización y participación comunitaria: programas de capacitación, empoderamiento para mujeres, talleres sobre sostenibilidad, instalación de sistemas aislados y desarrollo de actividades productivas.

Álvarez precisó que el programa cubrirá aproximadamente 8,756 viviendas, además de escuelas y proyectos productivos, priorizando comunidades rurales sin acceso a electricidad.

Tipos de proyectos contemplados

  • Extensión de redes de distribución: 7,012 viviendas con 686 km de red de media y baja tensión.
  • Sistemas fotovoltaicos aislados: 1,612 viviendas.
  • Miniredes fotovoltaicas: 135 viviendas con la construcción de tres miniredes.
  • Adquisición de bienes y servicios: compra de equipos, materiales, repuestos, consultorías, supervisión, construcción de obras civiles, sistemas de generación renovable e instalación.

Beneficios fiscales y exoneraciones

El proyecto de decreto establece incentivos para los beneficiarios, que incluyen:

  • Exención del IVA en compras locales e importaciones vinculadas al programa.
  • Liberación de aranceles y gravámenes a la importación de equipos, herramientas y materiales.
  • Exención del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Raíces para inmuebles necesarios en las obras.
  • Eliminación de tributos sobre licencias y permisos de construcción.
  • Consideración de ingresos de contratistas y subcontratistas como rentas no gravables.

Control y limitaciones

El documento aclara que los beneficios no aplicarán a bienes de consumo personal de directivos, socios o familiares:

“Ninguna exención o beneficio regulados en este decreto será extensiva a bienes para el consumo o de uso personal de directivos, socios o personal de las empresas, familiares de aquellos o empresas relacionadas”, indica el artículo 4.

Los beneficiarios deberán llevar registros especiales de operaciones y presentar las declaraciones tributarias correspondientes. La Administración Tributaria podrá revocar beneficios si detecta abusos.

Vigencia y carácter especial

La normativa tendrá seis años de vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y prevalecerá sobre otras leyes que le sean contrarias.

El Ministerio de Hacienda tendrá facultades para emitir lineamientos y resoluciones complementarias, en coordinación con las instituciones del Estado que deberán facilitar trámites relacionados con permisos y autorizaciones.