Por: Redacción YSKL
La Comisión de Hacienda y Especial del Presupuesto de la Asamblea Legislativa acordó este día emitir dos dictámenes favorables con el objetivo de establecer de forma permanente el pago anticipado del aguinaldo para cuotas alimenticias y de la Pensión de Navidad para jubilados.
Los legisladores acordaron reformar el Decreto Legislativo 140 de 1997, y la Ley Integral del Sistema de Pensiones, dando carácter definitivo a disposiciones que fueron aplicadas de manera temporal este año con resultados exitosos.
La primera reforma busca autorizar de manera permanente que las instituciones públicas y privadas realicen la retención del 30% del aguinaldo o compensación económica de los empleados obligados a pagar pensiones alimenticias.
Esta retención podrá realizarse anualmente entre el 20 de octubre y el 1 de diciembre y permitirá que los hijos o dependientes reciban el aporte adicional del aguinaldo con antelación.
En cuanto a la Ley Integral del Sistema de Pensiones, las enmiendas establecerían que la Pensión de Navidad y el Beneficio Adicional Anual para los jubilados del sistema público y privado se paguen en el periodo comprendido entre el 20 de octubre y los primeros cinco días hábiles de diciembre de cada año.
Ambas medidas se implementaron temporalmente durante el presente año y generaron resultados positivos, según los diputados.



















