
Por Redacción YSKL
Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) expusieron ante la Comisión Política de la Asamblea Legislativa su postura sobre la propuesta de ratificación de la reforma constitucional al artículo 27, que habilita la cadena perpetua para delitos de homicidio, violación y terrorismo.
Durante la sesión, señalaron que la iniciativa se enfoca en delitos de “extrema gravedad” y plantearon que la medida es compatible con la Constitución y estándares internacionales, siempre que incluya mecanismos de revisión.
El presidente de la Sala de lo Penal, Alejandro Quinteros, explicó que la reforma “incorpora (…) la posibilidad de pena perpetua para los casos de homicidas, violadores y terroristas”, y subrayó que no se trata de una sanción absoluta.
“Se trata (…) de una pena de duración indeterminada condicionada a mecanismos de revisión periódica”, indicó.
Naturaleza de la pena y mecanismos de revisión
Los magistrados coincidieron en que la propuesta mantiene el principio de resocialización establecido en la Constitución.
Según lo expuesto, la posibilidad de reducción o liberación dependerá del comportamiento del condenado y de evaluaciones técnicas.
Quinteros señaló que “el Estado no renuncia a la resocialización”, pero esta estará sujeta a que el privado de libertad demuestre condiciones objetivas para su reintegración.
En ese sentido, se planteó que la revisión permitiría acceder a una libertad controlada, siempre que se cumplan criterios verificables.
Criterios para la revisión de la pena:
- Conducta del privado de libertad
- Participación en programas de reinserción
- Evaluaciones sobre peligrosidad
- Posibilidad de reintegración social
- Revisiones periódicas con opción de libertad controlada
El magistrado agregó que estas condiciones buscan evitar riesgos a la sociedad y garantizar que exista evidencia de cambio en la conducta. “Que haya muestras objetivas y verificables de la posibilidad de que esta persona deje de ser un riesgo”, expresó.
Compatibilidad constitucional e internacional
Desde la Sala de lo Contencioso Administrativo, el magistrado José Marroquín Galo indicó que la reforma se enmarca dentro de las facultades del órgano legislativo y no presenta incompatibilidades con la Constitución ni con tratados internacionales.
Explicó que el cambio sustituye una prohibición absoluta por “una permisión excepcional para ciertos delitos”, manteniendo los fines de prevención y resocialización.
También sostuvo que la constitucionalidad dependerá en gran medida de cómo se ejecute la pena en el sistema penitenciario.
“Todo depende de la ejecución concreta”, afirmó.
Los magistrados citaron además jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional de 2018, en la que se estableció que la prisión perpetua revisable no contraviene la Constitución si permite la posibilidad de reducción de la pena.
Aplicación en menores de edad
La CSJ indicó que la propuesta contempla reglas diferenciadas para personas menores de edad, en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño.
Quinteros explicó que la normativa internacional prohíbe la prisión perpetua sin posibilidad de liberación, pero permite esquemas revisables.
“Si hay posibilidades de cancelación no sería incompatible con la convención”, señaló.
También detalló que los plazos de revisión serían menores para este grupo, manteniendo el régimen especial de justicia penal juvenil, salvo en delitos de extrema gravedad.
Plazos y condiciones diferenciadas:
- Revisión a partir de 25 años para menores de edad
- Revisión desde 30 a 40 años en adultos, según el delito
- Evaluaciones periódicas cada cinco años
- Posibilidad de apelación de resoluciones judiciales
Según lo expuesto, estos plazos forman parte de las reformas a la legislación secundaria que acompañan la modificación constitucional.
Alcance de la reforma y delitos incluidos
Los magistrados indicaron que la medida aplicaría a un grupo específico de delitos considerados de mayor gravedad, como homicidio, feminicidio, violación y terrorismo.
También se plantearon cambios en otras leyes, incluyendo el Código Penal y la normativa contra actos de terrorismo, para incorporar esta sanción y ajustar las penas existentes.
Quinteros explicó que el alcance no sería generalizado.
“Es un segmento muy pequeño el que estaría sujeto a este tipo de posibilidad”, afirmó.
Continuidad del proceso legislativo
La exposición de la CSJ forma parte de la ronda de consultas que desarrolla la Comisión Política sobre la ratificación de la reforma constitucional y los cambios a leyes secundarias.
Se prevé que el análisis continúe y que los diputados discutan la iniciativa en la siguiente sesión programada, con miras a emitir un dictamen para su votación en el pleno.

















