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Aprobada quincuagésima primera prórroga del régimen de excepción

Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con 57 votos a favor y mediante dispensa de trámites, una nueva prórroga del régimen de excepción, que permanecerá vigente del 31 de mayo al 29 de junio de 2026 en todo el territorio nacional.

Se trata de la quincuagésima primera extensión consecutiva de esta medida extraordinaria, implementada por primera vez el 27 de marzo de 2022.

Argumentos expuestos en el decreto

El decreto aprobado señala que el régimen continúa siendo necesario para mantener operaciones contra estructuras criminales y consolidar los resultados en materia de seguridad pública.

El documento sostiene que el gabinete de seguridad mantiene “una actividad operativa constante” enfocada en la localización y captura de integrantes de distintos niveles de organizaciones criminales.

Asimismo, indica que la Policía Nacional Civil y la Fuerza Armada continúan desarrollando operaciones para “neutralizar” acciones de estructuras delincuenciales y destruir vínculos operativos, financieros y logísticos relacionados con actividades ilícitas.

El texto también hace referencia a la coordinación internacional con autoridades de Estados Unidos, México y Guatemala para la identificación, captura y retorno de personas vinculadas a estructuras criminales.

Según el decreto, durante la vigencia del régimen se reporta la captura de “más de 92,300 personas vinculadas a estructuras criminales”.

Además, el documento afirma que se han registrado “más de 1,218 días sin homicidios durante el actual gobierno”.

Vigencia y continuidad

La normativa establece que la prórroga entrará en vigencia el 31 de mayo de 2026, previa publicación en el Diario Oficial, y tendrá una duración de 30 días, hasta el 29 de junio de 2026.

En los considerandos, la Asamblea Legislativa sostiene que la prolongación sucesiva del régimen es jurídicamente válida “en tanto subsista la necesidad de este mecanismo extraordinario” para enfrentar alteraciones al orden público.

El decreto añade que la continuidad de la medida busca preservar el control territorial, mantener entornos seguros y evitar la reorganización de estructuras criminales.

Garantías constitucionales suspendidas

El decreto mantiene suspendidas las garantías constitucionales establecidas en los artículos 12 inciso 2°, 13 inciso 2° y 24 de la Constitución, relacionadas con el plazo máximo de detención administrativa, el derecho a la defensa inmediata y la inviolabilidad de la correspondencia y telecomunicaciones.

Con la medida, el plazo de detención antes de presentar acusación se amplía a 15 días.

Además, se permite la intervención de telecomunicaciones, allanamientos e incautaciones de bienes en casos vinculados a estructuras criminales, y se continúa aplicando el delito de agrupaciones ilícitas en los procesos correspondientes.

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