InicioNoticiasExoneran del ISR por cinco años a artistas salvadoreños

Exoneran del ISR por cinco años a artistas salvadoreños

Por Redacción YSKL

Con 58 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles una iniciativa que establece por cinco años una exoneración del Impuesto sobre la Renta (ISR) para los ingresos que artistas salvadoreños obtengan por la prestación de servicios artísticos y la venta de obras de arte.

La medida sustituirá el régimen establecido mediante el Decreto Legislativo n.° 154 de 2021, cuya vigencia de cinco años está próxima a finalizar.

Exoneración tendrá límites de hasta $15,000 y $25,000

La normativa aprobada establece montos máximos de ingresos exentos, diferenciados según el tipo de contribuyente:

  • Personas naturales: ingresos de $0.01 hasta $15,000.
  • Personas jurídicas: ingresos de $0.01 hasta $25,000.

El beneficio aplicará a los ingresos derivados de servicios artísticos y de la venta de obras de arte realizados por artistas salvadoreños en sus distintas especialidades.

Durante la discusión de la propuesta, Gerardo Ramos, jefe de la División Jurídica de la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, explicó que el régimen anterior fue aprobado hace cinco años y publicado en el Diario Oficial el 29 de septiembre de 2021.

“Resulta conveniente establecer un nuevo régimen de exoneración del impuesto sobre la renta aplicable a los ingresos provenientes de la prestación de servicios artísticos y de la venta de obras de arte realizados por artistas salvadoreños”, señaló.

No habrá retención del ISR al momento del pago

Uno de los cambios incorporados en el nuevo régimen es establecer expresamente que las personas o entidades que contraten servicios artísticos o adquieran obras de arte no deberán efectuar retención de ISR, siempre que el artista acredite su condición de salvadoreño.

Ramos explicó que bajo el régimen anterior podía aplicarse una retención del 10 % al momento de efectuar el pago.

“Para facilitar la aplicación del beneficio fiscal, resulta necesario establecer expresamente que, al momento de pago por los servicios artísticos prestados o por la adquisición de obras de arte, los sujetos que efectúen dichos pagos no deberán practicar retención”, explicó.

La eliminación de la retención no exime a los pagadores de informar a la Administración Tributaria sobre los montos entregados.

Pagadores deberán reportar los pagos

Las personas o entidades que contraten servicios artísticos o adquieran obras deberán informar los pagos realizados mediante el mecanismo establecido por la Administración Tributaria.

Estos montos deberán reportarse mensualmente a través de la Declaración Mensual de Pago a Cuenta, Impuestos Retenidos de Renta y Agentes Extranjeros, incluyendo el número de artistas y el monto total devengado.

Además, el pagador deberá verificar que la persona beneficiaria cumpla con la condición de artista salvadoreño para aplicar la exoneración.

Régimen sustituye el decreto de 2021

El Decreto Legislativo n.° 154 estableció en 2021 una exoneración del ISR durante cinco años para los ingresos provenientes de servicios artísticos y de la venta de obras de arte realizados por artistas salvadoreños.

La nueva normativa mantiene el incentivo fiscal, pero incorpora límites de ingresos para personas naturales y jurídicas y define las condiciones para la aplicación de la exoneración y la eliminación de la retención.

La medida señala entre sus fundamentos el aporte del sector artístico a la preservación, promoción y difusión de la identidad y riqueza cultural del país, así como la búsqueda de condiciones que favorezcan su desarrollo, profesionalización y sostenibilidad.

RELATED ARTICLES

MÁS LEIDAS