Por Redacción YSKL
La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles, con 60 votos a favor, una nueva amnistía fiscal que permitirá a contribuyentes regularizar deudas tributarias y aduaneras mediante la exoneración de intereses, recargos y, en determinados casos, multas. La medida establece como fecha límite el 11 de diciembre de 2026.
La iniciativa, promovida por el Ministerio de Hacienda, comprende obligaciones pendientes ante la Dirección General de Impuestos Internos, la Dirección General de Aduanas y otras instancias administrativas y judiciales, incluidos procesos en la Fiscalía General de la República.
El beneficio no contempla la condonación del capital adeudado por impuestos. Durante la discusión legislativa, Marvin Sorto, director general de Impuestos Internos, explicó que el propósito es facilitar el pago de las obligaciones pendientes y recuperar recursos que aún no han sido cobrados.
“No venimos a pedir que se exonere el capital adeudado”, afirmó el funcionario.
¿Qué deudas contempla la amnistía?
El decreto aprobado incluye diferentes situaciones tributarias, aduaneras y administrativas, entre ellas:
- Deudas tributarias: declaraciones presentadas sin pagar el impuesto correspondiente, omisiones de declaraciones y pagos inferiores a los debidos.
- Procesos de fiscalización: casos con procedimientos abiertos, audiencias pendientes o resoluciones de tasación en trámite.
- Recursos e impugnaciones: expedientes ante el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas y otras instancias judiciales.
- Obligaciones aduaneras: omisiones o inconsistencias en declaraciones de mercancías y deudas por derechos arancelarios e impuestos.
- Deudas en cobro: obligaciones bajo competencia de la Dirección General de Tesorería o remitidas a la Fiscalía General de la República, conforme a las condiciones del decreto.
- Amnistías anteriores: contribuyentes que se acogieron a beneficios previos, pero no completaron los pagos dentro del plazo establecido.
La propuesta también contempla obligaciones formales pendientes, como informes o dictámenes tributarios y situaciones relacionadas con el nombramiento de auditor fiscal.
Beneficios para multas de tránsito y otras sanciones
La normativa incluye multas de tránsito y sanciones impuestas por instituciones de la Administración Pública, con excepción de las municipalidades.
En estos casos, el beneficio consiste en exonerar intereses y recargos, sin eliminar el monto original de la multa. El proyecto comprende sanciones relacionadas con la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y otras impuestas por instituciones estatales hasta el 30 de septiembre de 2026.
“Lo que se busca es otorgarle un beneficio a la población salvadoreña que se encuentra dentro de este rubro y, por ende, exonerarla únicamente de los recargos, no de la multa”, explicó Sorto.
Para las obligaciones tributarias, las condiciones varían según el caso. En determinados supuestos de cumplimiento voluntario, el decreto contempla la exoneración de intereses y recargos, así como la no imposición de las multas correspondientes.
Planes de pago de hasta nueve meses
Los contribuyentes podrán solicitar, bajo las condiciones establecidas en el decreto, un plan de pago de hasta nueve cuotas mensuales.
El esquema contempla un primer abono equivalente al 10 % de la deuda, pagadero cuando se emita y notifique la resolución que autorice el plan. El saldo se cubriría mediante ocho cuotas mensuales sucesivas.
El incumplimiento puede ocasionar la pérdida de los beneficios y la reactivación de multas, intereses y recargos sobre la deuda pendiente, conforme a las disposiciones aprobadas.
Entre los mecanismos de pago contemplados figuran dinero de curso legal, cheques aceptados por la Dirección General de Tesorería, tarjetas de crédito o débito autorizadas y notas de crédito del Tesoro Público, según corresponda.
Hacienda reporta más de 56,000 beneficiarios en la amnistía anterior
Durante la discusión, Sorto informó que la amnistía fiscal anterior benefició a 56,195 contribuyentes.
Según las cifras presentadas por Hacienda, el 71 % de la recaudación correspondió a pequeños contribuyentes, el 15 % a medianos y el 14 % a grandes contribuyentes.
“En la amnistía anterior, fueron más de 60 millones los que quedaron reinvertidos dentro de la economía nacional”, sostuvo el funcionario, al referirse a los recursos que, según Hacienda, permanecieron en las actividades económicas de los contribuyentes.
La nueva medida busca facilitar la regularización de obligaciones pendientes y recuperar ingresos tributarios y aduaneros que aún no han sido percibidos por el Estado.
La amnistía entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial y sus efectos finalizarán el 11 de diciembre de 2026.

