Por Redacción YSKL
La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa emitió dictamen favorable a reformas del Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que buscan endurecer las sanciones por conducción peligrosa, impedir acuerdos judiciales en determinados accidentes y ampliar las facultades para retirar de circulación vehículos que incumplan las condiciones de seguridad.
Durante la sesión, el fiscal general, Rodolfo Delgado; el ministro de Seguridad Pública y Justicia, Gustavo Villatoro, y el viceministro de Transporte, Nelson Reyes, expusieron los alcances de las propuestas, presentadas tras varios accidentes viales ocurridos a finales de septiembre y principios de octubre.
Entre los cambios planteados figura sancionar con prisión de cinco a diez años a los propietarios, poseedores o encargados que permitan conducir autobuses o vehículos de carga con capacidad de ocho toneladas o más a personas que no tengan la licencia correspondiente.
Delgado sostuvo que las tres reformas tienen un objetivo común: “prevenir y reducir los siniestros viales que cuestan vidas en estas calles”.
Ajustan propuesta sobre lesiones culposas
Durante la sesión, el presidente de la comisión, Caleb Navarro, propuso modificar la redacción de la reforma al Código Procesal Penal para que la persecución de oficio de las lesiones culposas se aplique a las causadas mediante conducción peligrosa, en lugar de abarcar todos los accidentes de tránsito con lesiones culposas.
La modificación fue aceptada por el fiscal general y el ministro de Seguridad.
Delgado explicó que, de mantenerse la redacción inicial, cualquier lesión culposa derivada de un accidente de tránsito podría pasar automáticamente a ser perseguida de oficio, aunque no existiera conducción peligrosa.
“Solamente las lesiones culposas provocadas a raíz de la conducción peligrosa sean las que estén sujetas al régimen de acción pública y para el resto que todo siga como se encuentra hasta este momento”, manifestó el fiscal.
Con el ajuste propuesto, los casos de lesiones culposas que no deriven de conducción peligrosa mantendrían el régimen actual, en el que la intervención penal depende de la instancia de la víctima.
Penas de hasta 15 años por accidentes con víctimas
La reforma al artículo 147-E del Código Penal plantea establecer penas de dos a cinco años de prisión por conducción peligrosa en los supuestos contemplados en la iniciativa, entre ellos conducir con presencia de alcohol, bajo la influencia de drogas, disputar la vía o realizar competencias de velocidad sin autorización, y manejar transporte colectivo o de carga sin la licencia correspondiente.
Cuando la conducta sea cometida al volante de un vehículo destinado al transporte público colectivo o de carga, la propuesta contempla penas de cinco a diez años.
Si como consecuencia de la conducción peligrosa se produce un homicidio culposo o lesiones culposas, las sanciones podrían incrementarse hasta un máximo de diez años de prisión y hasta 15 años cuando concurra la agravante relacionada con el transporte colectivo o de carga.
La iniciativa también busca que el delito de conducción peligrosa se configure por la realización de alguna de las conductas establecidas, sin necesidad de esperar a que una persona resulte lesionada.
Delgado explicó que las pruebas de alcohol o drogas podrán acreditarse mediante cualquier medio legal y que los resultados deberán ser valorados por los jueces conforme a las reglas de la sana crítica.
Propietarios también podrían enfrentar prisión
La propuesta incorpora el artículo 147-G, que establecería penas de cinco a diez años de cárcel para el propietario, poseedor o encargado que permita conducir un vehículo de transporte colectivo o de carga con capacidad a partir de ocho toneladas a una persona sin la licencia requerida.
Si el conductor causa lesiones o muertes, la pena podría incrementarse en un tercio del máximo, según lo expuesto por el fiscal general.
Además de la responsabilidad penal, la iniciativa plantea que el propietario y el conductor respondan solidariamente por los daños y perjuicios ocasionados.
Delgado señaló que la medida busca que la responsabilidad no recaiga únicamente en el motorista cuando el dueño o encargado le entrega el vehículo a alguien que no está habilitado para conducirlo.
Buscan prohibir conciliaciones en casos de conducción peligrosa
Las reformas al Código Procesal Penal pretenden impedir la conciliación y la mediación en casos de homicidio culposo o lesiones culposas que sean consecuencia de conducción peligrosa, así como en el nuevo delito de facilitar un vehículo a un conductor no habilitado.
El fiscal general justificó la medida al señalar que los acuerdos económicos pueden impedir que los casos lleguen a una sentencia que determine tanto la responsabilidad penal como la civil.
“Al así como va a existir una condena de naturaleza penal, exista una condena de naturaleza civil que se dé al momento de la sentencia”, afirmó.
Delgado agregó que la Fiscalía tendría que establecer los daños económicos, los ingresos que habría generado una persona fallecida, las afectaciones a sus dependientes y el daño moral ocasionado a sus familiares.
Gestores de tránsito podrían retener vehículos
Las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial buscan ampliar las facultades de los gestores e inspectores del Viceministerio de Transporte (VMT) para retener administrativamente vehículos y documentos cuando se detecten incumplimientos que comprometan la seguridad vial.
El viceministro Nelson Reyes explicó que la propuesta contempla la retención preventiva de vehículos que no tengan tarjeta de circulación vigente, presenten neumáticos desgastados o carezcan de sistemas de iluminación adecuados, entre otras condiciones previstas en la iniciativa.
“Lo que se busca no es procesar a las personas que cometan un accidente, es prevenir desde el inicio que eso suceda”, afirmó Reyes.
La propuesta también facultaría al VMT para realizar directamente revisiones técnicas vehiculares, una función que actualmente se desarrolla mediante centros autorizados.
Reyes indicó que las revisiones permiten verificar frenos, neumáticos, luces, alarmas de retroceso y visibilidad del conductor. Añadió que se ha exigido la inspección técnica a vehículos de carga antiguos y volquetas, y que se prevé ampliar la medida a otros automotores de carga.
Autoridades citan accidentes recientes
Durante la comisión, Delgado mencionó tres siniestros ocurridos entre el 30 de septiembre y el 3 de octubre.
El primero ocurrió el 30 de septiembre, cuando una volqueta impactó contra 15 vehículos. El fiscal informó que dos personas murieron y diez resultaron lesionadas. Según su exposición, el vehículo transportaba aproximadamente ocho toneladas por encima del límite y presentaba problemas en el sistema de frenos.
El segundo accidente ocurrió el 2 de octubre en Los Chorros, donde un camión chocó contra un autobús de la ruta 202 y otros vehículos. El balance presentado por el fiscal fue de cinco fallecidos y 27 lesionados. También señaló que el conductor no tenía licencia de conducir.
El tercer caso ocurrió el 3 de octubre en la calle de Chiquiupán, en Ciudad Merliot, donde un conductor que dio positivo a una prueba de alcohol en el aliento atropelló a una mujer que caminaba con su mascota, según la exposición del funcionario.
Delgado informó que entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2026 se registraron 16,809 accidentes de tránsito y 1,083 fallecidos.
Por su parte, Reyes afirmó que durante este año se contabilizan 67 fallecidos en accidentes que involucran vehículos de carga.
Las propuestas buscan establecer controles más estrictos para conductores y propietarios de vehículos, reforzar las inspecciones técnicas y limitar las salidas procesales en accidentes relacionados con conducción peligrosa.
Tras el dictamen favorable de la comisión, las reformas deberán seguir el procedimiento legislativo correspondiente para su eventual aprobación por el pleno de la Asamblea Legislativa.

