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Diputados avalan iniciativa que permitiría a artistas salvadoreños quedar exentos del ISR por cinco años

Por Redacción YSKL

La Comisión de Hacienda de la Asamblea Legislativa emitió este lunes dictamen favorable a una propuesta que establece por cinco años una exoneración del Impuesto sobre la Renta (ISR) para los ingresos que artistas salvadoreños obtengan por la prestación de servicios artísticos y la venta de obras de arte.

La iniciativa, presentada por el Grupo Parlamentario de Nuevas Ideas, busca sustituir el régimen establecido mediante el Decreto Legislativo n.° 154 de 2021, cuya vigencia de cinco años está próxima a finalizar.

Durante la sesión, Gerardo Ramos, jefe de la División Jurídica de la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, explicó que el decreto anterior fue aprobado hace cinco años y publicado en el Diario Oficial el 29 de septiembre de 2021.

“Resulta conveniente establecer un nuevo régimen de exoneración del impuesto sobre la renta aplicable a los ingresos provenientes de la prestación de servicios artísticos y de la venta de obras de arte realizados por artistas salvadoreños”, señaló.

Exoneración tendría límites de hasta $15,000 y $25,000

La nueva propuesta establece montos máximos de ingresos exentos, diferenciados según el tipo de contribuyente:

  • Personas naturales: desde $0.01 hasta $15,000.
  • Personas jurídicas: desde $0.01 hasta $25,000.

La exoneración comprendería los ingresos derivados de servicios artísticos y de la venta de obras de arte realizados por artistas salvadoreños en sus distintas especialidades.

Ramos explicó que el beneficio sería de carácter temporal y se aplicaría al momento de liquidar el impuesto correspondiente a cada ejercicio fiscal. Es decir, los ingresos se recibirían durante el año y, al realizar la liquidación, el artista deberá considerar como exento el monto establecido en la ley.

No habría retención de ISR al momento del pago

Uno de los cambios planteados respecto del régimen anterior es establecer expresamente que quienes contraten servicios artísticos o adquieran obras de arte no deberán efectuar retención de ISR cuando el artista acredite su condición de salvadoreño.

Ramos explicó que anteriormente podía aplicarse una retención del 10 % al momento del pago.

“Para facilitar la aplicación del beneficio fiscal, resulta necesario establecer expresamente que, al momento de pago por los servicios artísticos prestados o por la adquisición de obras de arte, los sujetos que efectúen dichos pagos no deberán practicar retención”, explicó.

La eliminación de la retención no eximiría a los pagadores de informar a la Administración Tributaria sobre los montos entregados.

Pagadores deberán reportar los montos

Las personas o entidades que contraten servicios artísticos o adquieran obras deberán informar los pagos realizados mediante el mecanismo que determine la Administración Tributaria.

Según Ramos, estos montos deberán reportarse mensualmente a través de la Declaración Mensual de Pago a Cuenta, Impuestos Retenidos de Renta y Agentes Extranjeros, incluyendo el número de artistas y el monto total devengado.

El pagador también deberá verificar que la persona beneficiaria cumpla con la condición de artista salvadoreño para aplicar la exención.

Sustituiría el decreto aprobado en 2021

El Decreto Legislativo n.° 154 estableció en 2021 una exoneración del ISR por cinco años para los ingresos provenientes de servicios artísticos y venta de obras de arte realizados por artistas salvadoreños.

La nueva propuesta plantea mantener el incentivo, pero incorpora los límites de ingresos para personas naturales y jurídicas y establece de forma expresa las condiciones para evitar la retención del impuesto.

La iniciativa justifica la continuidad del beneficio en el aporte del sector artístico a la preservación, promoción y difusión de la identidad y riqueza cultural del país.

Según los considerandos, el régimen busca favorecer el desarrollo, profesionalización y sostenibilidad del sector artístico nacional.

El proyecto deberá ser sometido a consideración del pleno legislativo para continuar con su proceso de aprobación.

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