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Quincuagésima sexta prórroga del régimen de excepción aprobada

Por Redacción YSKL

La Asamblea Legislativa aprobó con 57 votos a favor una nueva prórroga del régimen de excepción, que se extenderá por 30 días a partir del 28 de octubre y hasta el 26 de noviembre de 2026, según el decreto aprobado mediante dispensa de trámite.

Esta es la quincuagésima sexta prórroga consecutiva de la medida, vigente desde marzo de 2022.

Decreto señala persistencia de actividades criminales

Entre los argumentos expuestos en el documento aprobado, la Asamblea sostiene que investigaciones recientes han detectado actividades de financiamiento, apoyo logístico, comunicación y reclutamiento vinculadas con estructuras criminales.

El decreto también menciona acciones de vigilancia y control en determinadas comunidades, así como intentos de mantener o reorganizar métodos de operación asociados a las pandillas.

El documento afirma que las investigaciones policiales han permitido capturar a personas que presuntamente reproducen conductas vinculadas con estas estructuras y plantea que la continuidad del régimen permitirá mantener las capacidades operativas y de investigación del Estado.

Cifras de seguridad citadas en el decreto

Como parte de la justificación para prolongar la medida, el documento legislativo señala que durante su vigencia se han registrado más de 1,346 días sin homicidios durante el actual Gobierno y más de 93,334 capturas de personas vinculadas con estructuras criminales.

El decreto también destaca la cooperación con Guatemala, México y Estados Unidos para localizar y detener a personas relacionadas con organizaciones criminales, incluidas algunas deportadas con órdenes de captura vigentes.

Estas cifras forman parte de los argumentos presentados por la Asamblea para respaldar la continuidad del régimen.

Garantías constitucionales suspendidas

La nueva prórroga mantiene la suspensión de las garantías constitucionales establecidas en los artículos 12, inciso segundo; 13, inciso segundo; y 24 de la Constitución de la República.

Estas disposiciones están relacionadas con garantías de las personas detenidas, condiciones de detención y la inviolabilidad de las comunicaciones, dentro de los alcances establecidos por el régimen.

La medida contempla, entre otros aspectos, la ampliación del plazo de detención administrativa hasta un máximo de 15 días antes de la presentación de una persona ante un juez.

Asimismo, mantiene mecanismos especiales de investigación, incluida la intervención de telecomunicaciones conforme a los procedimientos establecidos, y la aplicación del delito de agrupaciones ilícitas en procesos relacionados con pandillas y organizaciones criminales.

La medida se fundamenta en el artículo 30 de la Constitución, según el cual el régimen de excepción puede aplicarse ante circunstancias extraordinarias bajo las condiciones previstas por el ordenamiento jurídico.

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