Militares aseguran que la Sala de lo Constitucional cometió, al menos 10 delitos con la derogatoria de la Ley de Amnistía.

Miembros del Instituto de Derecho Militar, acudieron esta mañana a la
Fiscalía General de la República (FGR) para presentar un aviso de investigación al procedimiento que llevaron a cabo tres ex magistrados y el ex presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en torno a la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía, emitida en el año 2016.

El Coronel José Luis Alvarado, manifestó que la Sala anterior (2009-2018), violentó normas constitucionales, al colocar convenios y tratados internacionales por encima de la Constitución. “Transgredieron leyes nacionales y reservas que sólo establecen Convenciones Internacionales, y que sólo avala el Estado de El Salvador, pero como expresión de buena voluntad, no de obligatoriedad”, indicó.

Según los ex militares, los Magistrados Armando Pineda Navas, Sidney Blanco, Rodolfo González y Florentín Meléndez cometieron actos arbitrarios, los derechos al debido proceso, presunción de inocencia, legalidad, causa juzgada, irretroactividad de la ley; además incumplieron la independencia jurisdiccional de organismos y jueces, disposiciones constitucionales, extralimitación y cumplimiento irregular de las atribuciones y vulneraron el principio de supremacía de la Constitución. “En las actas están las rúbricas que ellos firmaron”, estimaron los demandantes

Alvarado agregó que el cumplimiento de convenios internacionales, para procesar delitos de lesa humanidad, se tiene que conformar un tribunal internacional, con sede en el país, “además la misma sentencia establece ‘los posibles’, ni ellos están seguros de los delitos de la guerra con los de lesa humanidad, ¿Qué me digan en qué normativa nacional está específicamente tipificado el delito de lesa humanidad?, cuestionó”

El militar aseguró que los convenios deben ser añadidos por la normativa nacional.

También configuraron los delitos de Falsedad Material e Ideológica, Documental Agravada, Prevaricato, el Principio de Inmediación, Competencia funcional, Abstención y Recusación de la Ley de Procedimientos Constitucionales.

Al ser cuestionados por la prensa, de porque hasta 2019 presentaron aviso de investigación, el Coronel Alvarado expresó que fue para poder presentar “una denuncia completa. Aquí tenemos un amplio estudio que incluía trabajar profundamente en el caso, por si los señores de la Fiscalía omiten algo”.

Además los veteranos del movimiento aseguraron que la sentencia emitida fue inconstitucional porque riñe con una reunión de Corte Plena: “Es imposible que ellos como Magistrados, de la Sala de lo Constitucional emitieran resolución, si estaban en Corte Plena. Es imposible que estuvieran en dos reuniones, no podían estar en dos sitios, y entonces no hay legalidad, tenemos documentos que detallan que firmaron por dos reuniones, ahí hay falsedad material, documental e ideológica”, afirmó