La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió un hábeas corpus, en el que solicitó a los jueces y magistrados reevaluar la detención provisional a imputados que se encuentran en bartolinas policiales debido a que no pueden ser trasladados a centros penales o por insuficiencia de espacio en estos.
En esta evaluación se deberá verificar las características del delito que se le atribuye al acusado, la condición de salud y el hacinamiento en el lugar donde se encuentra, «donde la ‘distancia social’ y otras medidas de prevención no pueden ser aplicadas», así como la dificultad de movilidad de los familiares para proporcionar algunos insumos básicos para su vida diaria, como alimentación y medicinas, y los riesgos generados por la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, «respecto a las personas que se encuentran en bartolinas policiales», reiteraron los magistrados.
«Se deberá reservar la prisión preventiva solo para los casos más graves», señalaron.
Así también, indicaron que se deberá incluir un análisis con una perspectiva de género al tratarse de mujeres embarazadas o que tienen hijos de corta edad a su cuidado.
Por otra parte, en lo relativo a los centros penales, instaron a los jueces de vigilancia penitenciaria y ejecución de la pena a adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento, «incluida la reevaluación de los casos de prisión preventiva para identificar aquéllos que pueden ser convertidos en medidas alternativas a la privación de la libertad, dando prioridad a las poblaciones con mayor riesgo de salud frente a un eventual contagio del COVID-19, principalmente las personas mayores y mujeres embarazadas o con hijos lactantes».
Esta solicitud se encuentra en la resolución al hábeas corpus de un privado de libertad que permanece en una bartolina de la Policía Nacional Civil de la subdelegación de Atiquizaya , pues los funcionarios penitenciarios «no le dieron ‘cupo'» en el Centro Penal de Metapán. Este alegó que ante las enfermedades crónicas que padece, no tiene el tratamiento médico adecuado.
La Sala ordenó al Juez de Instrucción de Ahuachapán que haga las gestiones pertinentes para determinar el estado de salud actual del imputado y verifique el tratamiento médico adecuado; además, deberá constatar los motivos por los cuales no se ha efectuado el traslado del imputado a un centro penal, por lo que deberá intimar al Director General de Centros Penales, Osiris Luna y al jefe de la referida delegación policial.