Un comité realizará informes sobre las políticas públicas y el presupuesto ejecutado por el Gobierno para atender pandemia

Con 63 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron la Ley especial transitoria para la atención integral de la salud y la reanudación de labores en el marco de la pandemia del COVID-19, la cual comprende un plan de reapertura económica gradual junto a protocolos, fechas y medidas que deberán implementar las empresas.

La ley también considera las medidas de cuarentena, declaración de zonas epidémicas, centros de contención, el sustento legal que prohibe el despido a trabajadores en cuarentena y la práctica de pruebas de COVID-19 en los centros de atención médica privados.

También establece un comité contralor de las políticas públicas del Gobierno a la atención de la pandemia y la utilización de recursos, de los que deberán rendir informes.

Todo el grupo parlamentario de GANA manifestó que no estaría presente en la sesión plenaria.

El Presidente Nayib Bukele anunció que este decreto será vetado incluso antes de esta aprobación.

¿Qué contiene esta ley?

En la ley aprobada a la medianoche de lunes tendrá vigencia por 120 días.

Se establece que el Ministerio de Salud deberá implementar un plan de prevención, contención y respuesta a la pandemia que deberá ser presentado en los siguientes cinco días hábiles a la Asamblea Legislativa y ejecutarse para atender la emergencia dependiendo de la evolución del comportamiento de la pandemia y deberá poseer un cronograma y presupuesto.

La falta de entrega de este plan será responsabilidad del Ministro de Salud y será apartado de su cargo.

Comité contralor de políticas públicas y presupuesto para atender pandemia

Se creará un comité interinstitucional contralor de políticas públicas implementadas por el MINSAL, la Comisión Nacional de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, Ministerio de Economía, Ministerio de Trabajo y entidades públicas de atención y la ejecución del presupuesto.

El comité lo integrará un representante del Colegio Médico, un representante del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas, un delegado de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, un delegado de la Universidad de El Salvador (UES) y un delegado de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA); serán juramentados por la Asamblea, deberán entregar informe cada 15 días sobre las acciones realizadas por las instituciones.

«Las instituciones públicas estarán en la obligación de entregar toda la información que solicite el Comité, sobre las estrategias, planes, protocolos, acciones y presupuestos de la actual pandemia por COVID-19, la falta de entrega será sancionada con la multa de un salario mínimo del sector comercio y servicios e inhabilitación en el cargo por el período de un mes. El funcionario o empleado responsable que deniegue la información será separado inmediatamente de su cargo», indica el decreto.

Informe de manejo y ejecución de fondos

Independientemente de su fuente de financiamiento, las secretarías de Estado e Instituciones autónomas presentarán mensualmente al Parlamento un informe detallado de la ejecución de fondos, procesos de adquisición y contratación de bienes, obras y servicios donde deberán detallar bienes o servicios adquiridos, empresas proveedoras, precios unitarios, cantidades, marcas y especificaciones de productos, contratistas; personas, naturales o jurídicas, que ofertaron, los montos de las ofertas, la persona adjudicada, monto adjudicado y las órdenes de compra o contratos suscritos.