PDDH monitoreará que no se impida el ingreso al país por falta de prueba COVID(-) sin una base legal

El titular de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), José Apolonio Tobar, reiteró que no se puede imposibilitar a los salvadoreños a ingresar al país a través de una medida sanitaria, pues es un derecho constitucional.

«Las medidas no pueden tener limitantes a derechos constitucionales que no están previstos en la Ley, una circular no tiene el rango de ley secundaria y no puede exigirse como requisito, el artículo 5 de la Constitución de la República establece que toda persona tiene la libertad de entrar al país», indicó.

Tobar señala que el rol de la PDDH se basará en monitorear esta medida y que no sea implementada si no existe una ley que lo defina, «tendríamos que hacer el monitoreo para que esa circunstancia no sea aplicada».

A partir del 19 de septiembre se reanudan las actividades en el Aeropuerto Internacional, del que se conoció que se exigirá el resultado negativo de la prueba de COVID-19, misma que debe ser certificada; de lo contrario, la persona no podrá ingresar al país, sea salvadoreño o extranjero.

No obstante, el Ministro de Salud, Francisco Alabí, confirmó este lunes que la medida se amplía para todas las fronteras terrestres, con excepción de las personas que ingresan por actividades económicas como transporte de carga, a quienes en cambio, solo se verificará si poseen síntomas ligados a la enfermedad.