PDDH advierte que se violan garantías constitucionales al exigir prueba COVID(-) para ingresar al territorio

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) advirtió que la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) puede incurrir en violaciones a garantías constitucionales, con la circular que emitió a las aerolíneas, en donde les exhorta a exigir una prueba negativa de COVID-19 a los pasajeros que ingresen a El Salvador.

“Es preciso recordar a las autoridades de la Dirección General de Migración y Extranjería y la Comisión (DGME)…; y del Ministerio de Salud, que el artículo 5 de la Constitución de la República establece: ‘Toda persona tiene libertad de entrar, de permanecer en el territorio de la República, y salir de éste, salvo las limitaciones que la ley estabelzca (…) No se podrá expatriar a ningún salvadoreño, ni prohibírsele la entrada al territorio de la República…”, reza parte del pronunciamiento del Procurador Apolonio Tobar.

Y añade: “A pesar de reconocer como muy positiva la labor de las autoridades para salvaguardar la salud de las personas (…) no se puede admitir bajo ningún argumento, la implementación de medidas o requisitos que en la práctica impliquen limitación de derechos constitucionales que solamente pueden hacerse mediante una ley formal”.

A partir del 19 de septiembre, las autoridades de la DGME exigirán a los pasajeros, nacionales y extranjeros, una prueba negativa de Reacción de Cadena de Polimerasa (PCR), que compruebe que no son portadores de COVID-19.

La medida también obliga a que esta prueba debe haberse realizado en un plazo no mayor de 72 horas de anticipado el vuelo.

“Por lo tanto, todo pasajero que no presente dicha prueba será considerado por la Dirección General de Migración y Extranjería como INADMISIBLE”, se lee en la circular.

En un Amparo que resolvió la Sala de lo Constitucional el 8 de abril de este año, expuso que la población “está obligada a cumplir las disposiciones de las autoridades dirigidas a prevenir o controlar la propagación de la enfermedad”, y en ese sentido corresponde “al Ministro de Salud y autoridades correspondientes, informar, evaluar y hacer efectivas –una vez haya ingresado en el país cualquier salvadoreño procedente del extranjero- las medidas preventivas de salud a las que estas personas se encontrarán obligatoriamente sometidas; tales como cuarentena en un centro de contención habilitado por el gobierno, la cuarentena domiciliar o las que las autoridades consideren procedentes”.

Por su parte, el Ministro de Salud, Francisco Alabí, dijo el sábado 12 de septiembre que la medida para regular el acceso de viajeros al territorio, corresponde a un “protocolo internacional”, que garantice la no propagación del virus en el país.

“Tenemos resultados favorables en el país, estamos en una tendencia sostenida a la baja de casos confirmados durante 23 días, con un leve incremento en relación a la apertura económica. En ese sentido, la apertura y la llegada de personas de otros países pueden incrementar la cantidad de contagios, y se deben cumplir medidas que limiten esa transmisión y una de ellas es garantizar que la llegada de pasajeros de países con mayor circulación de virus o más casos del virus, exista evidencia negativa para permitir el ingreso”, explicó.