El Ministro de Salud, Francisco Alabí, aseguró que la clasificación como información reservada los documentos sobre pruebas COVID-19 corresponde a la garantía de privacidad del paciente.
«Hay un manejo de respaldo, el expediente clínico, al elaborarlo se vierte una infinidad de datos […] El dueño de esa información es el paciente, un expediente legal que le pertenece al paciente. Por la garantía de privacidad del paciente, se puede prestar a que se discrimine. El único que puede dar acceso es el paciente», manifestó Alabí al ser cuestionado sobre esta decisión en una conferencia de prensa.
De acuerdo con el funcionario, no hay problemas en que organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) solicite la información, debido a que se ha trabajado en conjunto y manifestó que esta confía en los datos que maneja el Gobierno.
Así también, se preguntó por qué clasificar todos los elementos y no solo proteger la identidad de las personas, para que los datos generales como la cantidad de pruebas realizadas y procesadas, como la cifra de positivos sí sea accesible a la población que quiera conocerlo.
«En su momento podremos hablar de esos datos, pero no en estos momentos de pandemia», señaló.
Además, enfatizó que los datos se presentan en la plataforma virtual que se actualiza cada día.
De acuerdo con el índice de información reservada de la cartera de Estado, este acuerdo del despacho ministerial emanó el pasado 11 de junio; reserva que durará por dos años; es decir, hasta el 11 de junio de 2022.
Por lo tanto, no se podrá solicitar información sobre mecanismos de toma, procesamiento y divulgación de los resultados de las pruebas.