Interponen demanda contra el Presidente Bukele por elección de comisionados del IAIP sector periodistas

Una demanda fue interpuesta contra el Presidente Nayib Bukele en la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por la elección de los comisionados propietario y suplente del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

De acuerdo con la demanda de la Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE), al Presidente le corresponde el deber legal de verificar la regularidad jurídica y la concreción de las actuaciones del procedimiento administrativo seguido por la Comisión Convocante, misma que se alega fue irregular.

El mandatario, según la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), es quien nombra a los comisionados bajo una terna propuesta por cinco sectores, entre ellos, el de periodistas.

Tras las elecciones, el Presidente nombró a Luis Javier Suárez Magaña como comisionado propietario, quien fungió como gerente de operaciones de la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget); y a Gerardo José Guerrero Larín, como suplente, quien fue jefe del Departamento Jurídico y Resoluciones Catastrales de la alcaldía de San Salvador, cuando Bukele era alcalde.

Las elecciones del año pasado se realizaron con la participación de dos asociaciones de las tres que exige la ley, fueron la Asociación Cámara de Fotoperiodistas y Reporteros de El Salvador (CAFOCARES) y Asociación de Periodistas Independientes de El Salvador (ASPIES); la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) no participó pues la comisión convocante manifestó que tenía credencial vencida desde 31 de julio y estaban en proceso de elección de su junta, por lo que concluyeron que se debía continuar el procedimiento porque ninguna otra asociación de periodistas mostró interés en participar.

Sin embargo, FUNDE argumenta que la comisión no documentó la publicación de hojas de vida de los postulantes que establece el Reglamento de la LAIP, también omitió documentar respecto de las entidades proponentes la documentación que acredita la existencia de las asociaciones, su vigencia y de quienes ejercieron su representación dentro del proceso de elección.

«La comisión y el Presidente inobservaron el deber de documentar el cumplimiento de los requisitos para acceder al cargo, pues no constan las acreditaciones o comprobaciones exigidas normativamente», señala Funde.

Por lo que solicitaron como media cautelar que no puedan desempeñar sus atribuciones como comisionados mientras se resuelve la demanda.