FUSADES: Hay límites constitucionales que debe tener el Presidente y la nueva Asamblea en el ejercicio del poder

Bancada de Nuevas Ideas 2021-2024. Foto: Asamblea Legislativa
Bancada de Nuevas Ideas 2021-2024. Foto: Asamblea Legislativa

Tras el gane mayoritario del partido Nuevas Ideas, afín al Presidente Nayib Bukele, en la Asamblea Legislativa, ambos Órganos de Estado, la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) señaló que deben existir límites en el ejercicio del poder relativos a la Constitución de la República.

¿Qué puede aprobar la nueva Asamblea con la mayoría que obtuvo con Nuevas Ideas?

Si bien, el partido oficialista obtuvo 55 legisladores electos formalmente, cuenta con el apoyo de la bancada de Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA) de seis diputados, siendo 61 votos que poseen para aprobar iniciativas de ley o nombramientos, de los 56 que comprenden la mayoría calificada.

Entre las propuestas que pueden aprobar están: endeudamiento público y el presupuesto de la nación; decretar regímenes de excepción de los derechos fundamentales y nombrar a os funcionarios de las instituciones de control del poder político, como la Corte Suprema Justicia (CSJ), la Fiscalía General de la República (FGR), el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) y la Procuraduría General de la República (PGR).

Además, pueden acordar reformar la Constitución, para lo que deben esperar un periodo legislativo más para que entren en vigencia.

No obstante, Fusades destaca que “los funcionarios públicos están sometidos a las leyes y a la Constitución, sin importar la mayoría política”.

Es por ello, que enlistaron los límites de la nueva Asamblea y el Presidente Bukele:

  • No pueden afectar los derechos fundamentales, incluidos los regímenes de excepción “desproporcionados”.
  • No pueden interferir en la independencia de la Corte Suprema, la Fiscalía, la PDDH, la Procuraduría, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), Corte de Cuentas y Consejo Nacional de la Judicatura.
  • Los legisladores no pueden reformar la Constitución sobre las cláusulas pétreas, como la forma de gobierno y derechos fundamentales.
  • Tampoco pueden romper el orden de reforma constitucional; es decir, que la modificación pase por dos periodos legislativos para su aprobación.
  • No pueden desobedecer resoluciones y sentencias judiciales.
  • No se puede manipular las normas del sistema electoral para general ventajas indebidas.