Rechazan el beneficio de libertad condicional anticipada al coronel retirado del Ejército salvadoreño, Guillermo Alfredo Benavides, condenado a 30 años de prisión por su autoría intelectual en la masacre de Jesuitas y dos colaboradoras, según la resolución del Juzgado Cuarto de Vigilancia Penitenciaria de este martes 8 de junio.
Según el abogado defensor, Lisandro Quintanilla, habían solicitado una audiencia de incidentes a la jueza, en la que plantearon un cómputo de la pena para determinar que Benavides había cumplido 12 años de prisión, razón por la que solicitarían la libertad condicional al haber cumplido más de la tercera parte de la pena.
Quintanilla se refirió al artículo 86 del Código Penal que detalla que dicho beneficio puede otorgarse a los mayores de 60 años de edad que hayan cumplido la tercera parte de la pena y que padezca enfermedades crónicas degenerativas.
La jueza no concedió la petición.
¿Cuándo condenaron a Benavides?
El Coronel retirado fue condenado en enero de 1992 por el delito de asesinato contra los seis sacerdotes jesuitas y dos mujeres en las instalaciones de la Universidad Centroamericana «José Simeón Cañas» (UCA).
Sin embargo, un año después, el 1 de abril de 1993 quedó en libertad por la aprobación de la Ley de Amnistía; solo había cumplido 14 meses de su pena.
En 2016 se declaró inconstitucional referida ley y la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió que Benavides debía regresar a detención y remitió el caso al Juzgado Cuarto de Instrucción de San Salvador, que para el momento de la condena era el Juzgado Cuarto de lo Penal.
El Juzgado reafirmó la pena de 30 años de prisión.