Sala declara inconstitucional artículo de la Ley del CNJ que impide a miembro de jueces obtener la Presidencia

Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura.
Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura.

Por: Redacción YSKL

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró inconstitucional el artículo 24 de la Ley del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ).

Dicha disposición establece el mecanismo para elegir al presidente del CNJ, cuyo pleno se conforma de tres abogados de la república, propuestos por gremio de abogados; un jurista docente de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la Universidad de El Salvador; un abogado docente universitario de las otras Facultades, Escuelas o Departamentos de derecho de las universidades privadas; un abogado del Ministerio Público; y un miembro electo por los Magistrados de Cámaras de Segunda Instancia, Jueces de Primera Instancia y Jueces de Paz.

En el artículo en cuestión, impide que el representante de los jueces tome las riendas del CNJ.

La demandante Marta Lidia Peraza, justificó que es “un trato diferenciado irracional, ya que el carácter independiente de la institución no se vería afectado por su pertenencia al sector judicial”.

Estos mismos argumentos fueron proveídos por el Fiscal General de la República, cuando la Sala le pidió rendir informe de la aplicación del artículo; ambos letrados consideran que se viola el principio de igualdad, que revista en el artículo 3 de la Constitución de la República, en razón que existe una “intervención discriminatoria”, al legar la Presidencia del CNJ a cualquier miembro que no provenga del Órgano Judicial.

En ese sentido, los Magistrados concluyen que las labores propias de un presidente del CNJ, “no trascienden en alguna forma en el desempeño de las funciones de dicho cargo”, por lo cual, se determina que “no posee una posición privilegiada o preferente para la realización de sus funciones”.

En consecuencia, se declara que el Concejal electo del Órgano Judicial sí puede llegar a presidir el CNJ y ordenaron publicarlo en Diario Oficial.