Analizan aumentar penas de prisión por tenencia y uso ilegal de armas

Foto: Archivo.

La propuesta del incremento de penas de cárcel por los delitos de tenencia y uso de armas de guerra, así como de explosivos artesanales, fue conocida en la Asamblea Legislativa y comenzará su análisis en la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales.

Se trata de reformas al Código Penal a iniciativa del Ministerio de Seguridad, que argumentó a que la mayoría de los homicidios se ejecutan con armas de fuego, de acuerdo con datos de la Policía Nacional Civil (PNC), la Fiscalía General de la República (FGR) y el Instituto de Medicina Legal (IML).

Reformas e incremento de cárcel por delito

  • Tenencia, portación o conducción de armas de guerra (art. 346): Actualmente se sanciona con un pena carcelaria de entre 4 a 10 años; la reforma sugiere de 10 a 15 años de prisión.

¿Cuáles son las armas de guerra?

Según referido artículo, son los instrumentos mecánicos, electrónicos, termonucleares, químicos o de otra especie, asignados a la Fuerza Armada, al órgano policial o cuya tenencia no es permitida a particulares.

  • Fabricación, portación, tenencia o comercio ilegal de armas de fuego o explosivos artesanales (art. 346-A): Tiene una pena de 4 a 8 años y se pide elevarla a un rango entre 10 a 15 años de prisión.

Armas de fuego o explosivos artesanales

Son tabucos, escopetas o cualquier tipo de arma con materiales explosivos, sólidos, pólvora u otro material inflamable.

  • Empleo, desarrollo, la producción, adquisición, el almacenamiento, la conservación y la transferencia de minas antipersona (art. 346-C): La prisión es de 5 a 10 años y la solicitud es llegar a los 15 a 20 años.
  • Provisión de armamento, municiones o los explosivos a las agrupaciones ilícitas y al crimen organizado (art 347-B): Son de 5 a 16 años, pero la reforma implica un incremento de un mínimo de 10 años de prisión y máximo de 30.