Burós de créditos serán multados en más de 100 salarios mínimos si no proporcionan datos al usuario

Foto: cortesía
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Por: Redacción YSKL

La Comisión Financiera de la Asamblea Legislativa, modificó este lunes, el paquete de reformas a Ley de Regulación de los Servicios de Información sobre el Historial Crediticio de los salvadoreños, en lo relativo al incremento de las multas dirigidas a estas empresas por faltas a la ley.

Según los considerandos del proyecto de decreto, un 70% de la población no es sujeto a créditos, debido a que los bancos o negocios les han colocado una mala calificación financiera —a partir de la información que les venden las agencias que manejan datos crediticios de la ciudadanía— porque los burós no actualizaron de manera oportuna la información crediticia.

Con las modificaciones que se realicen, quedará establecido que los agentes económicos (negocios o bancos) podrán consultar los datos negativos de los consumidores o clientes del sistema de información de créditos correspondiente a los últimos tres años (y no desde hace 10, como se hace actualmente) contados a partir de la fecha de la consulta.

De acuerdo a lo admitido de manera unánime, por las multas graves que ejecuten estas empresas -dedicadas a integrar datos y proporcionar información sobre el historial de créditos vigentes o activos, cancelados o inactivos de las personas y empresas- se implementará una base de 100 salarios mínimos.

Mientras que por las faltas calificadas ante la ley como muy graves, se contempla la sanción de 120 salarios mínimos, en caso de no borrar el récord negativo.

En un primer momento, las infracciones graves serían castigadas con 40 salarios mínimos y las muy graves con 80, pero los legisladores prefirieron incrementarlas para hacer responsables a estas empresas.

“Dentro de las modificaciones más significativas que hemos hecho fue el aumento de los pisos de las multas, que van a ir aplicadas a los agentes económicos y a los burós de créditos, para garantizar que no van a infringir la ley”, comentó la presidenta de la mesa, Dania González.

En caso de existir una reincidencia en las infracciones -lo máximo serán tres- se cerrará operaciones de esa empresa, indicaron los diputados.

Además, con estas reformas, no solo la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) tendrá acceso a estas bases de datos, sino que también el Banco Central de Reserva (BCR) y la Defensoría del Consumidor, para aplicar las sanciones.

Las compañías deberán implementar mecanismos tecnológicos que contribuyan a facilitar el acceso a la información y que sean amigables con el usuario a efecto de que pueda tener acceso en tiempo real a consultas de su historial crediticio.

Antes de pasar el dictamen favorable para ser estudiado y aprobado en la Sesión Plenaria número 16, los diputados de la comisión definieron 12 artículos del paquete de reformas.

Adición del artículo 23, una herramienta para denunciar

La comisión estudió modificar 23 artículos y agregar uno -precisamente el número 23- con el que se podrá emprender demandas contra las administradoras de los registros.

Una vez cancelada totalmente la deuda adquirida, el usuario deberá recibir su finiquito en un máximo de siete días hábiles (no durante un año, como lo respalda la ley actual), de no recibir el documento este podrá colocar una denuncia en contra de las casas financieras, los burós crediticios o los agentes económicos que lo afecte.

También deberán tener al menos una oficina de atención por departamento, con horarios hábiles, atendiendo seis días a la semana. “Queremos que existan tres oficinas de resolución de estos casos financieros: Una en la zona occidental, una en la central y otra en la oriental. Además, habrá puntos de consulta exprés y con esto garantizamos el acercamiento a la población”, dijo la diputada González.

Actualmente, en el país hay tres empresas dedicadas a la acumulación de datos crediticios: Equifax Centroamérica, S.A. de C.V., Transunión El Salvador, S.A. de C.V. e Información de Referencias Crediticias en Red, S.A. de C.V. (INFORED).