Sala permitirá reelección presidencial inmediata

La Sala de lo Constitucional permitirá la reelección presidencial inmediata, según la última resolución emitida la noche de este viernes y publicada en su cuenta de Twitter.

Se trata de un proceso de Pérdida de los Derechos de la Ciudadanía contra Nancy Marichel Díaz por “promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República”, mismo que fue sobreseído, pues los magistrados consideraron que “no puede considerarse que hay apoyo o promoción a la reelección presidencial si no existe una manifestación real y expresa del Presidente de la República sobre su intención de reelegirse en el cargo que ostenta o la realización de actos tendentes a este fin”.

En la misma resolución, se estableció que bajo este argumento, se ordena al Tribunal Supremo Electoral (TSE) permitir la reelección presidencial.

La Sala ordenó que “una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido Presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por segunda ocasión”.

“Es garantía de soberanía del pueblo a través de manifestaciones expresas de voluntad que marcan una diferencia entre las elecciones anteriores, las que dispuso que existiera nuevamente una competencia en la cual se incluya al candidato que ostenta la presidencia cuando inicia la competencia electoral, con el fin de garantizarse el pueblo el ejercicio efectivo de sus derechos”, dicta la resolución.

La Constitución de la República en el artículo 152 indica que no puede ser candidato a la Presidencia “El que haya desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el periodo inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del periodo presidencial”.

El argumento de la Sala

En el 2013, los magistrados que configuraban el Máximo Tribunal interpretaron la Carta Magna y emitieron resolución donde la reelección presidencial inmediata era inconstitucional.

Sin embargo, la actual Sala configurada por los magistrados nombrados por la Asamblea Legislativa tras la destitución del pasado 1 de mayo, manifestaron que la resolución fue errónea.

«Esta interpretación deja de lado que el permitir la postulación del Presidente para competir de nuevo por la presidencia, no implica de facto que este llegue a ser electo, implica únicamente que el pueblo tendrá entre su gama de opciones a la persona que a ese momento ejerce la presidencia, y es el pueblo quien decide si deposita nuevamente la confianza en él o si se decanta por una opción distinta», señala la resolución.

Los magistrados también expusieron que se debe respetar la «soberanía» del país, en caso que esta decida una reelección.

«Nos encontramos en un escenario que se rige bajo una premisa básica: “el poder reside en el pueblo”, y algo cierto es que “el pueblo” cambia, que lo único certero es el cambio. Así, atar la voluntad popular a un texto que respondía a necesidades, contexto o circunstancias de hace 20, 30 o 40 años, resulta ya no garantista, sino una excesiva restricción disfrazada de “certeza jurídica” el actuar de representantes que se resisten al cambio del soberano, que se resisten a escuchar la voluntad del pueblo es sin duda la mayor de las violaciones al respeto de la soberanía», argumentaron.