Diputados aprueban prorrogar la implementación de Ley de Instalación de Salas Cunas para Hijos de los Trabajadores para estudiar reformas

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Con 62 votos, la Asamblea Legislativa aprobó prorrogar por tercera ocasión y por seis meses, la vigencia de la Ley Especial para la Regulación e Instalación de Salas Cuna para los Hijos de los Trabajadores.

Esto tras una petición del Ministerio de Trabajo, que pidió tiempo para estudiar la ley aprobada en 2018 y que comenzaría a tener vigencia en enero de 2022 luego de posponerlo en dos ocasiones.

“No podemos seguir haciendo cosas a medias. Esta normativa tiene 15 artículos que dejan vacíos en cuanto a las competencias y al proceso en la ejecución. Debemos tomar este tema con seriedad porque estamos hablando de la niñez», indicó la diputada Suecy Callejas.

Referida ley obliga a los patronos a instalar y mantener salas cuna y lugares de custodia para los hijos de los trabajadores.

La normativa aprobada en mayo de 2018, entraría en vigencia el 1 de junio de 2020, dando tiempo para poder instalar las salas cuna; sin embargo, la primera petición de prórroga fue para seis meses, pues Trabajo y el Consejo Superior del Trabajo señaló que no se había elaborado un reglamento.

También sostuvieron que la Ley no estipula aspectos claves, como el tamaño del espacio físico de las salas cuna, ni tampoco el grado de conocimiento del personal que las atenderá (para el caso de niños con discapacidad); además aún no está definido cómo los empresarios costearán los espacios, y tampoco se conoce cómo el Gobierno se ha preparado para ofrecer el beneficio.

La ley se promulgó tras una sentencia de la Sala de lo Constitucional en 2017; donde se ordenó que antes del 31 de mayo de 2018, el Congreso aprobara una legislación para los hijos de los trabajadores, esto con base al artículo 42, inciso 2 de la Constitución.

La segunda prórroga se pidió a la anterior Asamblea en diciembre de 2020 por la pandemia de COVID-19.

La Ley

El beneficio entra para aquellas empresas o entidad pública con 100 o más empleados permanentes o temporales, y para los niños de entre cero y tres años de edad. Según el decreto, para sufragar los gastos de construcción y equipamiento, los empresarios tendrán deducción de impuesto sobre la renta.

Las empresas podrán optar por tres opciones: instalar una sala cuna propia, asociarse con otra empresa y tener cunas comunes o contratar servicios independientes; sobre este último, no está claro la distancia de la sala cuna de la empresa y tampoco el monto límite que puede llegar a cobrarles al patrono.