Periodistas exigen detener reformas que posibilitarán que se criminalice el trabajo periodístico

Foto: Cortesía.
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Por: Redacción YSKL

Este lunes, la Mesa de Protección a Periodistas solicitó a la Asamblea Legislativa que se detenga la aprobación de las reformas al Código Procesal Penal para incluir la evidencia digital, el agente encubierto digital y el bloqueo de cuentas o sitios de internet en casos que tienen que ver con delitos informáticos.

César Fagoaga, presidente de la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) manifestó estar de acuerdo en que se le dote de herramientas tanto a la Fiscalía General de la República (FGR) y a la Policía Nacional Civil (PNC) para investigar este tipo de casos, como los ocurridos recientemente por el programa de espionaje Pegasus y los hackeos masivos a cuentas de WhatsApp de comunicadores salvadoreños.

No obstante, indicó que su preocupación se centra en que a través de estas modificaciones se den arbitrariedades y abusos a las investigaciones por parte de instituciones como la FGR y la PNC, “que funcionan casi como un brazo vigilante de casa presidencial”.

“Por como se han comportado estas instituciones en el pasado, hacen desconfiar plenamente de ello”, dijo el titular de la APES.

Fagoaga se refirió particularmente al artículo 25 de dicha Ley, ya que es el que “más ruido hace, porque abre la posibilidad de que se criminalice el trabajo periodístico”, ya que no se puede declarar como información confidencial, aquella que tiene que mantenga la categoría de oficiosa y pública.

También añadió que “debería haber una excepción cuando se trata de hallazgos periodísticos de interés público. Causa mucha incomodidad pensar que le están poniendo como posibilidad de cárcel cuando se obtenga esa información de los medios cuando podría ser investigación de interés para la población”.

El artículo establece que “el que deliberadamente obtenga o transfiriera mediante el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación, información de carácter confidencial, definida así por disposición legal o reglamentaria o por acuerdo de voluntades entre personas naturales o jurídicas, sin el consentimiento de los titulares de esa información, será sancionado con prisión de cinco a ocho años”.

Para el agremiado, la puesta en marcha de las reformas, sería “estar legalizando el espionaje”.

En declaraciones anteriores, Fagoaga expresó que el espionaje además de ser una persecución, es un atentado contra los derechos a la intimidad y libertad de expresión; y pretenden ser una mordaza y una razón para los periodistas se autocensuren.

Por su parte, Leonel Herrera destacó la importancia de dialogar sobre el tema.

“Solicitamos diálogo. Para nosotros como Mesa de Protección a Periodistas es penoso estar constantemente criticando medidas arbitrarias y violatorias de la libertad de expresión y de información. Nosotros desearíamos estar dialogando con las instituciones y presentando las propuestas que tenemos”, agregó.

Al cierre de la conferencia de prensa, el presidente de la APES advirtió que, de llegarse a desaprobar dichas modificaciones, consultarían legalmente para ver qué formas se tiene dentro del país para tratar de revertir una enmienda de este tipo.

La propuesta recientemente aprobada, se refiere a reformas de dicho código en el Título V de «La Prueba».

Evidencia Digital

Los documentos digitales, mensajes electrónicos, imágenes, video o cualquier información almacenada, recibida o trasmitida por Tecnologías de la Información y Comunicación o medios electrónicos podrían ser admitidos como prueba en un proceso penal, según la propuesta.

El acceso a esta prueba, una vez incorporada al proceso, solo se permitirá bajo orden judicial que podrá solicitar la FGR; aunque no se necesitará de dicha orden si hay consentimiento de quien aparece en dicho material.

Agente encubierto digital
Las operaciones encubiertas digitales, que serán atribuidas a la PNC. La búsqueda se realizará de forma publica o privada, en páginas de internet con programas informáticos.

Bloqueo de cuentas

La restricción, bloqueo de cuentas, perfiles o sitios de internet podrán ser ordenados como medidas cautelares por el juez que conozca el caso a petición de la Fiscalía; esto si los delitos están contemplados en la Ley Especial contra Delitos Informáticos o Conexos, en la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia contra las Mujeres (LEIV), o cualquier otra ley que establezca delitos informáticos.