Aprueban ley que permitirá a Hacienda contratar obras con financiamiento incluido

Foto: Ministerio Obras Públicas
Foto: Ministerio Obras Públicas

Por: Redacción YSKL

Con 65 votos a favor los disputados de la Asamblea Legislativa aprobaron este martes la “Ley Especial para la Contratación de Obra Pública con Financiamiento Incluido”, para habilitar la contratación de obras públicas en los que entidades financieras nacionales o extranjeras, corporaciones privadas y contratistas realicen ofertas de financiamiento y la ejecución de los proyectos.

Entre las principales disposiciones que incluye esta normativa se encuentra que el Ministerio de Hacienda será la institución que evaluará y avalará la contratación de la entidades financieras nacionales o extranjeras, corporaciones privadas y contratistas que desarrollarán los proyectos de infraestructura, y no el Ministerio de Obras Públicas.

La ley podrá ser aplicable para la realización de cualquier tipo de obras públicas con la inclusión del financiamiento en su diseño, construcción, supervisión y, en ciertos casos, operación y mantenimiento.

Los proyectos de construcción de obra pública como caminos, puentes, edificios, aeropuertos, presas, puertos, abastecimiento de agua, desagües y redes ferroviarias, así como las obras de ingeniería industrial como suministros, montaje e instalaciones eléctricas, mecánicas, comunicaciones y electromecánicas, plantas industriales y de tratamiento, motores y maquinarias industriales, estaciones generados, transformadoras, líneas de transmisión y distribución, entre otras están sujetas a la aplicación de la normativa que entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Las empresas contratadas y las subcontratadas en el marco de la ley contarán con exoneración de impuestos y tributos como: Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios; exención total de impuestos que graven la importación de maquinaria, equipos, herramientas, materiales, repuestos y accesorios que sean utilizados para el desarrollo de la obra; exención total de impuestos que graven que graven la transferencia de bienes raíces.

En este caso las empresas y entidades que deseen aplicar a un proceso de contratación para la realización de obra pública deberán presentar al Ministerio de Obras Públicas la oferta financiera indicativa y luego dicho Ministerio deberá remitirla al Ministerio de Hacienda para el análisis técnico con relación al financiamiento de la obra para su aprobación.